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Alegatos de apertura;alegatos de clausura


Enviado por   •  27 de Diciembre de 2018  •  Práctica o problema  •  1.272 Palabras (6 Páginas)  •  215 Visitas

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Alegatos de apertura

Señor Juez, los tipos penales que hoy se están discutiendo son ciertamente unos de los delitos más atroces que se pueden cometer contra una persona. Atentar contra la vida, integridad y libertad sexual de las personas, mediante violencia y bajo la inminente amenaza de arrebatarle la vida, es una situación vil que nadie debería sufrir. Por eso son crímenes tan repudiados en nuestro ordenamiento reglados en los artículos 188, 175, 206, 207 fracción V y 208 del código penal para el estado de Jalisco. Los  autores, quienes cometen estos delitos responden al perfil de un ser insensible, frio, agresivo, ofensivo, violento y pervertidos. Ese perfil de delincuente, como usted lo verá en los testimonios de personas tan cercanas como sus propios amigos y compañeros de trabajo, responde y se adapta al perfil del hoy acusado dichos testimonios acreditaran su verdadera personalidad.

Este caso se trata pues de una persona que hace de su actividad cotidiana y disfruta de hacerlo, el violar a mujeres, como lo probaremos posteriormente. Ocupándonos personalmente de la violación sufrida a la señora, DEVORA DORA DE LA CABEZA.

Los hecho ocurrieron de la siguiente manera: la señora: DEVORA DORA DE LA CABEZA. Salía de su casa el pasado día 10 de enero de 2017, alrededor de las 7:00 AM, rumbo al mercado a hacer las compras del día, cabe señalar que a esas horas el sol no sale en su totalidad haciendo que las calles sean oscuras, durante su transcurso, en la calle hidalgo con cruce en la calle Martin y aurora, se percato que un hombre se encontraba sentado en la banqueta de la calle antes mencionada, al percibir su presencia se levanto dejándola pasar, al caminar unas cuanta calles, para ser exacto en la calle madero, se pudo dar cuanta la señora: DEVORA DORA DE LA CABEZA, que dicha persona la estaba siguiendo. Por lo que decidió cambiarse a la acera contraria para evitarlo, pero noto que dicha persona emito su acción, decidiendo mejor dejarle el paso para que la persona que la venia siguiendo se adelantara, al hacer esta acción el hoy acusado al pasar a un costado de ella se abalanzo sobre la señora: DEVORA DORA DE LA CABEZA, levantándole la falda a la fuerza causándole rasguños en ambas piernas en los costados exteriores, mismas lesiones que se acreditaran con el dictamen médico que se le practicaro a la víctima, hecho por el perito ÁNGEL DE DIOS PÉREZ que no lo explicara más adelante. Acto seguido el acusado dirigió sus manos asía los pechos de la victima tocándolos lesivamente y diciéndole palabras ofensivas denigrando su sexo como mujer, causándole moretones y marcas de violencia en sus pechos mismas que acreditaremos con un dictamen médico practicado y explicado por el perito antes mencionado, una vez que el acusado tenía sometida a la víctima le bajo su ropa interior inferior (pantaletas) y la abrió de piernas para practicarle sexo oral y posteriormente introdujo su miembro viril a la fuerza  causándole un rasgado vaginal  que se acreditara con el dictamen médico practicado por el perito LUIS LÓPEZ LÓPEZ; Una vez cumplido su objetivo amenazo a la víctima con matarla si decía algo de lo sucedido. Acto seguido el acusado salió corriendo hacia la dirección de la calle donde estaba sentado en la banqueta. al notar esto la víctima se volvió a poner su prendas y se dirigió hacia su casa le conto a su esposo lo sucedido y fueron al ministerio publico a entablar una denuncia relatando los hechos anteriores mencionados.

Señor juez usted escuchará a lo largo de este juicio oral el testimonio de la victima  la señora: DEVORA DORA DE LA CABEZA. Para acreditar la comisión de los hechos narrados anteriormente acreditando que sufrió una violación con violencia, por parte del acusado el señor: RAMÓN GONZALES GONZALES.

Así mismo contara señor juez con los testimonios de las personas cercanas como sus propios amigos y compañeros de trabajo, los cuales manifestaran el comportamiento pervertido y violento que tiene en contra de las mujeres acreditando que el acusado tiene la personalidad de un violador, capaz de hacer tal acción en contra de cualquier mujer, representando una amenaza a las mujeres y a la sociedad en general, por lo que no se puede dejar al acusado en libertad para convivir con la sociedad.

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