Alteracion De Moneda En Mexico
Enviado por lichitalane • 17 de Diciembre de 2013 • 1.381 Palabras (6 Páginas) • 623 Visitas
La falsificación o alteración de moneda es un delito federal grave que se castiga desde uno a hasta 12 años de prisión, y consiste en crear por cualquier medio, una imitación de la misma, con imágenes u otros elementos utilizados en las monedas circulantes.
En la alteración de la moneda se reproducen todos sus signos y características que la identifican con la auténtica, y por ello resulten idóneos para engañar al público, con el fin de sustituirla. El engaño en la moneda se produce al modificar, alterar o adulterar la moneda en sus signos o características que la identifican como tal.
El citado delito federal ocasiona no tan sólo una ofensa a la soberanía del país y a la economía de éste, sino que atenta en contra de la confianza otorgada por la sociedad en sus instituciones.
Para los falsificadores de moneda, la Ley contempla en el Código Penal Federal, en el artículo 234; al que cometa el delito de falsificación de moneda, se le impondrá de cinco a 12 años de prisión y hasta 500 días multa.
En el artículo 236, indica que se impondrá prisión de cinco a 12 años y hasta 500 días multa, al que altere moneda. Igual sanción se impondrá al que a sabiendas circule moneda alterada.
El impacto social que representa la falsificación o alteración de moneda se da porque la sociedad sufre un menoscabo en su economía, además de que altera la confianza en el sistema económico del Estado, acción que puede contribuir a una situación de desconfianza en el mismo.
Los casos de falsificación a gran escala son atendidos por la Unidad Especializada en Investigación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita y de Falsificación o Alteración de Moneda (antes Unidad Especializada Contra el Lavado de Dinero), para conocer también de los delitos de Falsificación o Alteración de Moneda, previstos en los artículos 234, 236 y 237 del Código Penal Federal.
Los delitos de falsificación y alteración de moneda, afectan la economía nacional, así como la confianza y certidumbre que debe prevalecer en el mercado como instrumento de pago, por lo que son considerados como delitos graves en el Código Federal de Procedimientos Penales.
Legislación
En la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 28, establece que el Estado deberá ejercer de manera exclusiva, a través del banco central la acuñación de moneda y emisión de billetes, lo cual se complementa con los preceptos contenidos en la Ley del Banco de México, donde se faculta al Banco de México, emitir billetes y acuñar moneda con exclusión de cualquier persona o entidad.
A nivel internacional, México es parte de la Convención Internacional para la Represión de la Falsificación de Moneda y Protocolo anexo, la cual fue aprobada por el Senado de la República, según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de enero de 1933, cuyo instrumento de adhesión fue depositado el 30 de marzo de 1936.
Comete el delito de falsificación de moneda el que produzca, almacene, distribuya o introduzca al territorio nacional cualquier documento o pieza que contenga, imágenes u otros elementos utilizados en las monedas circulantes, y que por ello resulten idóneos para engañar al público, por ser confundibles con monedas emitidas legalmente.
Se entiende que altera un billete, aquél que forme piezas mediante la unión de dos o más fracciones procedentes de diferentes billetes, y que altera una moneda metálica, aquél que disminuye el contenido de oro, plata, platino o paladio que compongan las piezas monetarias de curso legal, mediante limaduras, recortes, disolución en ácidos o empleando cualquier otro medio.
FUNDAMENTO LEGAL CON BASE AL
CODIGO PENAL FEDERAL
LIBRO SEGUNDO
TITULO DECIMO TERCERO FALSEDAD
CAPITULO I FALSIFICACION, ALTERACION Y DESTRUCCION DE MONEDA
ARTICULO 234
AL QUE COMETA EL DELITO DE FALSIFICACION DE MONEDA, SE LE IMPONDRA DE CINCO A DOCE AÑOS DE PRISION Y HASTA QUINIENTOS DIAS MULTA.
SE
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