FALSIFICACION, ALTERACION Y DESTRUCCION DE MONEDA
Enviado por mallillin • 11 de Mayo de 2014 • 12.774 Palabras (52 Páginas) • 771 Visitas
Querellante: César Pérez Dorantes
Indiciados: Marcos Galo Carrillo
C. Agente Del Ministerio Público Adscrito a la Unidad de Investigación de la delegación iztacalco D.F.
César Pérez Dorantes, promoviendo por mi propio derecho, señalando como domicilio para oír, ver y recibir todo tipo de documentos y valores aun los de carácter personal el ubicado en esta H. Ministerio Publico así me tengo autorizar al profesionista en derecho Luis Alberto Iñiguez Carranza quien se acredita con cedula profesional 123456789 y a los C. Carlos Chavira Espinoza, Abraham Bravo Mota conjunta o indistintamente , y con fundamento en el artículo 20 fracciones V y IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, comparezco ante usted y expongo:
Bajo protesta de decir verdad, por propio derecho vengo por medio de este conducto a poner de conocimiento a usted H. Ministerio Público y a presentar formalmente la querella por el constitutivo del delito de FALSIFICACION, ALTERACION Y DESTRUCCION DE MONEDA con fundamento en el artículo 234, 235, 236, 237, 238 y demás relativos del Código Penal Federal, en contra de Marcos Galo Carrillo cometidos en mi agravio; así mismo narrando los hechos de la siguiente manera:
1.- Siendo el día 7 del mes de febrero del año 2014, estando en mi establecimiento con giro de ABARROTES VINOS Y LICORES ubicado en calle Sur 121, numero 52, Colonia Picos, delegación Iztacalco llego un señor de aproximadamente 38 años que responde al nombre de Marcos Galo Carrillo el cual conozco desde hace unos 5 años.
2.- Dicho sujeto se presento a comprar ciertos productos pero al momento del pago me cerciore de que el billete con el que pretendía pagar era falso por lo que me dispuse a pedir el apoyo a la policía para poder ponerlo a la disposición del Ministerio Publico.
3.-Teniendo como testigos a los c. Damián González Valencey y Alfonso Soriano Guerrero que al momento de lo antes mencionado se encontraban de la misma manera comprando en mi establecimiento.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, a usted h. juez , atentamente pido:
Primero.- tenerme por presentado en términos del presente conducto.
Segundo.- se me señale día y hora a efecto de que comparezcan los testigos en mención para que declaren respecto a lo que saben y les consta, comprometiéndome a presentarlos en el local de esta h. institución.
Tercero.- indique hora y fecha lo antes posible para la ratificación de la querella y sea sujeta a una averiguación.
Protesto lo necesario.
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César Pérez Dorantes
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL
SUBPROCURADURIA DE AVERIGUACIONES PREVIAS DESCONCENTRADAS.
FISCALIA DESCONCENTRADA EN IZTACALCO
COORDINACION TERRITORIAL
H. PRIMER TURNO
AVERIGUACION PREV. NO. FIZT/IZT-2/T1/0001/14-02
DELITO:FALSIFICACION DESTRUCCION DE MONEDA
COMPARECENCIA
DIRECTA
En la Ciudad de Mexico Distrito Federal, siendo las 16:24 DIECISEIS HORAS CON VEINTICUATRO MINUTOS del dia 11 ONCE del mes de FEBRERO(02) del año 2014 DOSMIL CATORCE, se presento ante esta representacion social el DENUNCIANTE quien dijo llamarse CESAR PEREZ DORANTES quien viene a presentar DENUNCIA por el delito de FALSIFICACION MODIFICACION DE MONEDA, estimado en la cantidad de 0 en PESOS, siendo el DENUNCIANTE de nombre CESAR PEREZ DORANTES y en contra del PROBABLE RESPONSABLE de nombre MARCOS GALO CARRILLO segun hechos ocurridos a las 13:32
del dia 7 DE FEBRERO DE 2014.
En virtud de POLICIA PREVENTIVO PONE A DISPOSICION AL PROBABLE RESPONSABLE DE NOMBRE MARCOS GALO CARRILLO QUIEN PRETENDIO PAGAR CON UN BILLETE FALSO DE
CONSTE------------------------------ACUERDO DE INICIO.- Con fundamento en los articulos 14, 16, 21 y 122 letra D de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos; 10o del Estatuto de Gobierno del DIstrito Federal, 3o fraccion I, 4o, 9, 9 bis y fracciones II, III, IV y V, 37, 124, 262, 265 y 276 del Codigo de Procedimientos Penales para el Distrito Federal; 1o, 2o fraccion I y 3o fracciones I, II y III, de la Ley Organica de la Procuraduria General de Justicia del Distrito Federal; 2o, 41 y 49 de su reglamento. Por lo que es de resolverse y se:----------------------------------------------------RESUELVE-------------------------------------
PRIMERO.- Tengase por iniciada la presente indagatoria como -DIRECTA- que es, registrese en el Libro de Gobierno que para tal efecto se lleva en esta oficina, bajo el numero que le corresponda. SEGUNDA.- Practiquense todas y cada una de las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los presentes hechos. TERCERO.- En su oportunidad resuelvase lo que en Derecho proceda----------------------------------CUMPLASE-----------------------------Asi lo acordo y firma el C. Agente del Ministerio Publico, quien actua legalmente asistido de su Oficial Secretario. SE CIERRA Y AUTORIZA LO ACTUADO-------------------------------------
---------------------------------------DAMOS FE---------------------------------------
EL C. AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO C. EDER ALVARADO LOPEZ
EL C. OFICIAL SeCRETARIO DEL M.P. LETICIA GARCIA CHAVEZ
DECLARACION del DENUNCIANTE CESAR PEREZ DORANTES.- Que siendo 16:52 DIECISEIS HORAS CON CiNCUENTA Y DOS MINUTOS del dia 11 ONCE del mes de FEBRERO(02) del año 2014 DOS MIL CATORCE, estando presente en el interior de esta oficina el DENUNCIANTE quien dijo llamarse CESAR PEREZ DORANTES, quien tomandosele protesta en terminos de ley conforme al Articulo 280 del Codigo de Procedimientos Penales Vigente para el Distrito Federal, que a la letra dice ¿Protesta usted bajo su palabra de honor y en nombre de la ley declarar con verdad en las diligencias en que va intervenir? y habiendo contestado -SI PROTESTO- y advertido de las penas a que se hacen acreedores los que declaran faltando a la verdad ante una autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, tal y como lo preven los articulos 311 y 312 del Codigo Penal para el Distrito Federal que a la letra dicen: Articulo 311, quien al declarar ante autoridad en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, faltare a la verdad en relacion con los hechos que motivan la intervencion de esta, sera sancionado con pena de dos a seis años de prision y de cien a trescientos dias multa. si la falsedad en declaracion se refiere a las circunstancias o accidentes de los hechos que motivan
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