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Amparo Indirecto


Enviado por   •  11 de Septiembre de 2012  •  1.758 Palabras (8 Páginas)  •  1.108 Visitas

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C. JUEZ DE DISTRITO EN TURNO EN EL

TAMPICO, TAMPS.

P R E S E N T E

GERARDO VEGA NAJERA, mexicano, mayor de edad, actualmente interno en el Centro de Ejecuciones y Sanciones de Altamira, Tamps. situación por la que señalo domicilio para oír y recibir notificaciones en la Carretera a Estación Colonias KM. 2.3 en Altamira, Tamps. Código Postal 89600 y autorizando en los términos del Artículo 27 de la Ley de Amparo a los C.C. LICS. CHRISTIAN GUADALUPE PÉREZ GARCIA Y CARLOS ALFONSO LOPEZ TRINIDAD, para que a mi nombre y representación reciba toda clase de notificaciones y se imponga de todo lo referente a mi Demanda de Garantías, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo dispuesto en los Artículos 14,16, 103 fracción I y 107 fracciones I, III inciso A), V, de nuestra carta Magna, en relación con los numerales 1, 114 fracción III, IV, V, VI, 116, 117 y demás relativos y aplicables a la Ley de Amparo, vengo a solicitar EL AMPARO Y PROTECCIÓN DE LA JUSTICIA FEDERAL en contra de las Autoridades y Actos que enseguida indico, por lo que ajustándome a lo que establece la ley de la materia, me permito expresar:

I.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO.- Carretera a Estación Colonias KM. 2.3 en Altamira, Tamps. Código Postal 89600

II.-NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No lo hay.

III.-AUTORIDADES RESPONSABLES.- Señalo las siguientes:

A) EN SU CARÁCTER DE AUTORIDADES ORDENADORAS Y EJECUTORAS:

1.- DIRECTOR DEL CENTRO DE EJECUCIONES Y SANCIONES EN ALTAMIRA, TAMPS.

2.-TITULAR DE LA COLONIA PENAL FEDERAL ISLAS MARIAS, NAYARIT.

3.- TITULAR DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NO. 1 “LA PALMA” O EL ALTIPLANO, ALMOLOYA DE JUÁREZ, ESTADO DE MEXICO.

4.- TITULAR DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NO. 2 “PUENTE GRANDE” EL SALTO, JALISCO.

5.- TITULAR DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN NO,. 3 “MATAMOROS”, MATAMOROS, TAMAULIPAS.

6.- TITULAR DEL CENTRO FEDERAL DE READAPTACIÓN SOCIAL NO.4 “ EL RINCON TEPIC, NAYARIT.

7.- TITULAR DEL CENTRO FEDERAL DE REHABILITACION PSICOSOCIAL, CIUDAD AYALA MORELOS.

8.- SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA FEDERAL Y ELEMENTOS A SU MANDO CON DOMICILIO CONOCIDO EN MEXICO, D.F.

9.- COMISIONADO DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL, COORDINACIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL,MÉXICO, D.F.

10.- .-SUBSECRETARIO DE SISTEMA PENITENCIARIO FEDERAL

COORDINACIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN Y READAPTACIÓN SOCIAL, MEXICO, D..F.

11.- CENTRO FEDERAL DE READAPTAACION SOCIAL NO. 6 SURESTE CON DOMICILIO EN HUIMANGUILLO EN TABASCO, TABASCO.

12.- COMISIONADO DE LA POLICIA METROPOLITANA EN TAMPICO, MADERO Y ALTAMIRA Y ELEMENTOS A SU MANDO CON DOMICILIO CONOCIDO EN TAMPICO, TAMPS.

IV.- ACTO RECLAMADO.-En su carácter de Autoridades Ordenadoras y Ejecutoras, reclamo el ilegal e infundado TRASLADO de mi persona del Centro de Ejecuciones y Sanciones de Altamira, Tamps. en el que me encuentro actualmente interno, compurgando las Sentencias que me fueron impuestas, a un Centro de Reclusión de Máxima Seguridad en el país, ya que no existe un fundamento legal para ello.

V.-GARANTIAS VIOLADAS: Las consagradas en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

VI.-BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD. -Manifiesto que los hechos y abstenciones que a continuación expongo, son en concepto los antecedentes que conforman el acto reclamado.

VII.-ANTECEDENTES:

Actualmente me encuentro interno en el Centro de Ejecuciones y Sanciones a disposición del Juez Noveno de Primera Instancia del Ramo Penal, en el Estado de Tamaulipas, compurgando la Sentencia respectiva, dentro del Proceso Penal : 63/2006, donde puede ser posible el traslado de reos a otros Centros de Reclusión de Máxima Seguridad, entre ellos el que suscribe, por medidas de Seguridad debido a los acontecimientos más recientes que se han sucitado en los Centros Penitenciarios por la falta de una correcta aplicación de las medidas de seguridad carcelarias, argumentando que después de analizar los perfiles clínico-criminológicos de los internos con una elevada capacidad delictiva era motivo para el traslado a un Penal Federal de Alta Seguridad, por lo que a mí concierne soy persona que de acuerdo con los estudios psicológicos que se me realizaron en el Centro de Ejecuciones y Sanciones de Altamira, Tamps. , soy una persona de bajo perfil criminológico, Así mismo me encuentro enfermo del Corazon, estos estudios se encuentran el cuerpo del expediente penal y por lo tanto no existe razón legal para trasladarme a otro centro penitenciario, lo cual vulneraria mis más elementales Garantías Constitucionales.

VIII.- CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.

PRIMERO: Se viola en mi perjuicio las garantías individuales consagradas en los artículos 14 , 16 y 22 Constitucionales que en lo medular y que interesa al caso:

ARTÍCULO 14.- NADIE PODRÁ SER PRIVADO DE LA VIDA, DE LA LIBERTAD O DE SUS PROPIEDADES POSESIONES O DERECHOS, SINO MEDIANTE JUICIO SEGUIDO ANTE LOS TRIBUNALES PREVIAMENTE ESTABLECIDOS, EN EL QUE SE CUMPLAN LAS FORMALIDADES ESCENCIALES DEL PROCEDIMIENTO Y CONFORME A LAS LEYES EXPEDIDAS CON ANTERIORIDAD AL HECHO…….”

ARTÍCULO 16.- NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES Y POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO……”

IX.- SUSPENSION

Con

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