Anteproyeto De Derecho
Enviado por John091723 • 17 de Junio de 2015 • 1.439 Palabras (6 Páginas) • 322 Visitas
UNIVERSIDAD DEL CARIBE
(UNICARIBE)
Escuela de Derecho
Anteproyecto
Análisis de Ley No. 137-11, Congreso Nacional República Dominicana, 2011
Presentado por:
Junior Emmanuel Durán Almonte Matricula 2011-4021
Asesor:
Lic. Eligio Antonio Encarnación
Santo Domingo, D. N., República Dominicana
Octubre del 2014
Análisis de Ley No. 137-11, Congreso Nacional República Dominicana, 2011
ANTECEDENTES
A) Históricos:
1) La Constitución de la República, promulgada el 26 de enero del año 2010.
2) La Ley No. 25-91, Ley Orgánica de la Suprema Corte de Justicia, del 15 de
Octubre de 1991.
3) La Ley No. 437-06, de Recurso de Amparo, del 30 de noviembre del año 2006.
4) Publicación en el periódico de circulación nacional Listín Diario, escrita por NAPOLEÓN R. ESTÉVEZ LAVANDIER, en fecha 18-02-2012, bajo el título: “Sentencias de amparo en casación ante la Ley 137-11”.
5) Conferencia “Análisis de la ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales”, lugar Salón de Conferencias, UAPA Recinto Santo Domingo, Santo Domingo Oriental, el 9 noviembre, 2013.
B) Bibliográficos:
1) Rafael Luciano Pichardo: “Que las distintas Salas de la Suprema retengan y fallen los recursos introducidos antes de la entrada en vigor de la Ley núm. 137-11, y se declaren inadmisibles los entrados con posterioridad”.
2) Adriano Taveras Marte: “La figura de la inadmisibilidad veda todo examen al fondo del caso concreto, y tratando el amparo de conculcación a derechos fundamentales, no existen acciones notoriamente improcedentes en esta materia, ni mucho menos un plazo por el cual pueda decirse que el tiempo cura la vulneración al derecho fundamental, y si existen acciones judiciales ordinarias que otorgan acceso a la jurisdicción, debemos igualmente garantizar que éstas no se queden solamente con el mínimo requerido, y que la tutela judicial sea efectiva”.
3) Acosta De Los Santos Hermógenes: “En nuestro país recientemente se promulgó la ley orgánica del Tribunal Constitucional y de los procesos constitucionales, que es la No. 137-11, modificada por la ley 145-11. Antes de la indicada ley no existía normativa al respecto, salvo en lo que respecta al hábeas corpus y al amparo”.
4) Juan Narciso Vizcaíno Canario: “La ley No. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales en la República Dominicana se discute sobre el alcance, necesidad y utilidad del concepto de especial trascendencia o relevancia constitucional tanto en materia de revisión constitucional de decisiones jurisdiccionales como en ocasión de la admisibilidad del recurso interpuesto en contra de la sentencia que decide una acción de amparo”.
5) Lara Valerio: “La vigencia de esta ley afecta directamente a la ley orgánica de la Suprema Corte de Justicia (ley 25-91) y deroga la ley de recurso de amparo (437-06)”.
C) Investigación:
1) Universidad Abierta Para Adultos (UAPA) Recinto Santo Domingo, Santo Domingo Oriental, “Análisis de la Ley 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales”, área Escuela de Ciencias Jurídicas y Políticas.
2) Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra (PUCMM). Muro titulado: “El Tribunal Constitucional de la República Dominicana”, estudio realizado por estudiantes de Derecho.
JUSTIFICACION
Sin lugar a dudas este tema es de suma importancia ya que incorpora garantías y derechos fundamentales del ciudadano que habían venidos a ser reclamados desde hace mucho tiempo por la sociedad dominicana.
En el ámbito profesional este tema también resulta ser muy interesante, toda vez que siendo los derechos fundamentales vinculantes para todas las instituciones del Estado, éstos deben velar por el cumplimiento de dicha ley.
Siendo esta ley la fuente principal donde se sustentan los procedimientos constitucionales, reviste de importancia para los especialistas de esta área tener amplio conocimiento de la misma, para poder aplicar los principios fundamentales en que se rigen.
Además este tema es interesante para todas las instituciones del Estado, ya que es su deber velar, proteger y garantizar la vida digna y justa en sociedad, así como custodiar la supremacía y defensa de las normas y principios constitucionales.
En cuanto al gremio de la carrera también es interesante este tema, ya que son los que deben velar por el fiel cumplimiento de las disposiciones legales, y más aún cuando se trate de la protección de la Constitución.
El tema también es interesante para los beneficiados directamente, porque esta ley les permite acudir a un órgano jurisdiccional para reclamar la protección de sus derechos, manteniendo la certeza de que su clamor será debidamente ponderado por los organismos creados por dicha ley.
De igual manera debemos manifestar que las decisiones emanadas por los organismos creados por esta ley afectan directamente a un segmento de la población, en tal sentido, este tema reviste de gran importancia para ellos porque permite tomar conocimiento de cuáles son sus derechos y qué tanto son ejecutables sus decisiones.
En sentido general, este tema es interesante para la sociedad ya que las decisiones emanadas por el Tribunal Constitucional son definitivas y de obligatorio cumplimiento.
OBJETIVOS
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