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Apartes Mas Importantes De La Reforma Tributaria


Enviado por   •  17 de Marzo de 2014  •  2.038 Palabras (9 Páginas)  •  288 Visitas

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1. APARTES MÁS IMPORTANTES DE LA REFORMA TRIBUTARIA

1.1 Impuesto sobre la renta para personas naturales:

En materia del impuesto sobre la renta y complementarios se establece una clasificación de personas naturales en empleados y trabajadores por cuenta propia. Además crea dos sistemas presuntivos de determinación de la base gravable de renta conocidos como Impuesto Mínimo Alternativo -IMAN e Impuesto Mínimo Alternativo Simple IMAS.

Estamos creando un sistema impositivo que logre que los que más ganen tengan una mayor tasa efectiva de tributación. El sistema, que hemos llamado IMAN (Impuesto Mínimo Alternativo Nacional), logra que se cree una curva “progresiva” de tributación (mayores tasas a mayores ingresos) y que establezca un mínimo por debajo del cual no puede ubicarse nadie. Así logramos poner un piso para que no tengamos tasas de tributación inaceptablemente bajas en los segmentos de ingresos más altos.

1.2 Impuesto sobre la renta para sociedades:

En cuanto al impuesto de renta para las sociedades la tarifa baja de un 33% a un 25 %, sin embargo se crea el impuesto para la equidad –CREE que tendrá como hecho generador la obtención de ingresos que sean susceptibles de incrementar el patrimonio de los sujetos pasivos con tarifa del 8 % destinados a la financiación del SENA, ICBF y el Sistema de Seguridad Social en Salud. Cabe resaltar que para los próximos tres años tendrá un punto adicional (1 %), que se distribuirá de la siguiente manera: 40 % para financiar a instituciones de educación superior públicas, 30 % para la nivelación de la UPC del régimen subsidiado en salud y 30 % para inversión social en el campo.

Hoy en día el ICBF y el SENA reciben sus recursos de los aportes de los empleadores y del Presupuesto General de la Nación, en el caso del ICBF. La propuesta busca diversificar las fuentes de financiamiento de estas dos entidades, remplazando los aportes que los empleadores hacen por la parte más inestable de la nómina, los trabajadores que ganan menos de 10 smmlv, por un impuesto de nuevo, de destinación específica que pagarán las empresas.

Ambas entidades siguen operando con las mismas reglas de gobierno corporativo que tienen hoy.

1.3 La reforma de IVA

Hoy día existen 7 tarifas de IVA: 0%, 1.6%, 10%, 16%, 20%, 25% y 35%. Esto genera enormes cargas administrativas para las empresas y para la DIAN. Es un sistema complejo de administrar y comprender. Para simplificarlo, la propuesta elimina las tarifas del 1.6%, la del 10%, y todas las que hoy se encuentran por encima del 16%.

Se crea una tarifa de 5%, con lo cual al final existirían 3 tarifas: 0%, 5% y 16%.

Los insumos de las cadenas productivas agropecuarias pasan del 16% al 5% para aliviar la carga de impuestos pagados que deban ser cobrados por la empresa y se le permite descontar su pago del impuesto de renta. Esto elimina la figura de devolución en efectivo y mejora el flujo de caja de las empresas, particularmente las pequeñas y medianas.

Se permite que quienes venden productos gravados a tarifas inferiores al 16%, puedan descontar los IVAS pagados en sus insumos, en su totalidad. Hoy en día, los bienes y servicios que se venden a una tasa inferior, sólo permiten descuentos hasta esa misma tasa.

Se pasa el servicio de restaurantes a la categoría de excluido del impuesto y se crea un impuesto al consumo del 7% para esta partida.

Finalmente, se crea un impuesto al consumo de lujo para los bienes que hoy se encuentran al 20%, 25% y 35% para que las tasas totales de impuestos permanezcan en esos niveles, pero ahora como una combinación de IVA e impuesto al consumo. Esto permite la eliminación de 3 tarifas de IVA.

Ganancias ocasionales:

Se reduce la tasa del impuesto a las ganancias ocasionales por la venta de activos poseídos por más de dos años, del 33% a una tarifa del 15% a la venta de sociedades y del 10% a la venta de activos.

Se busca estimular por esta vía que la gente pague este impuesto y no diseñe figuras complejas y costosas para eludirlo

1.4 Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM:

Se destaca además la modificación en el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, el cual se liquidaría a razón de $250 por galón para el caso de la corriente, a $1.555 por galón para la gasolina extra y el impuesto general al ACPM se liquidará a razón de $250 por galón. El Impuesto Nacional a la Gasolina y al ACPM será deducible del impuesto sobre la renta por ser mayor valor del costo del bien, en los términos del artículo 107 del Estatuto Tributario.

1.5 Normas anti-evasión y anti-elusión:

Finalmente la reforma contiene un conjunto de normas, acordes con estándares internacionales, para evitar que existan figuras a través de las cuales algunas empresas puedan tener tratamientos más favorables que otras, siendo todas las demás condiciones iguales. Estas normas buscan promover la cultura del pago de los tributos y poner al país en la misma ruta de otras jurisdicciones más avanzadas en materia tributaria.

2. NUEVA DEFINICIÓN DE EMPLEADO EN ASPECTOS TRIBUTARIOS

El artículo 329 del Estatuto Tributario define al empleado como toda persona natural residente en el país cuyos ingresos provengan en una proporción igual o superior a un 80% de la prestación de servicios de manera personal o de la realización de una actividad económica por cuenta y riesgo del empleador o contratante, mediante una vinculación laboral o legal y reglamentaria o de cualquier otra naturaleza, independientemente de su denominación.

Adicionalmente serán considerados como empleados los trabajadores que presten servicios personales mediante el ejercicio de profesiones liberales o que presten servicios técnicos que no requieran la utilización de materiales o insumos especializados o de maquinaria o equipo especializado, siempre que sus ingresos correspondan en un porcentaje igual o superior a (80%) al ejercicio de dichas actividades

3. NUEVOS SISTEMAS DE DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LOS EMPLEADOS

La nueva reforma tributaria del año 2012, establece dos nuevos sistemas presuntivos para la determinación de la base gravable del impuesto sobre la renta y complementarios conocidos como: Impuesto Mínimo Alternativo Nacional IMAN y el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional IMAS, que serán aplicados dependiendo de la clasificación de persona natural que reciba bien sea como empleado o como trabajador por cuenta propia.

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