Aplicacion Convenios De Ginebra
Enviado por yulk • 2 de Junio de 2014 • 670 Palabras (3 Páginas) • 300 Visitas
CONVENIOS I Y II DE GINEBRA
CASO EN COLOMBIA
La sentencia es de la Sección Tercera del Consejo de Estado, que actuó como juez de la Convención Interamericana de Derechos Humanos y concluye que en este caso se configuró una falla en el servicio por incumplimiento del derecho internacional.
Los hechos ocurrieron entre el 5 y el 6 de noviembre de 1993, durante un operativo militar desplegado por los miembros del Grupo CAES del Grupo Mecanizado número 5 “Maza” del Ejército. Los militares cumplían labores de inteligencia en un caso de secuestro de un ciudadano venezolano. En desarrollo del operativo, los miembros de la Fuerza Pública llegaron a un establecimiento comercial y detuvieron a tres personas, todos miembros del ELN; dos de ellos fueron conducidos y llevados al Maza y posteriormente liberados.
Respecto al otro detenido no se supo su paradero hasta el 5 de noviembre, día en que apareció muerto con visibles signos de tortura en una zona despoblada a las afueras de la ciudad de Cúcuta. Según certificó el Instituto de Medicina Legal, fue incinerado vivo. Durante el proceso se demostró que los tres fueron víctimas de tortura y de tratos crueles e inhumanos por parte de dos tenientes del Ejército, posteriormente ascendidos al grado de capitán, uno de ellos llegó al grado de mayor; dos sargentos, y varios soldados voluntarios.
La Sección Tercera señaló que aunque la Fuerza Pública se encontraba en cumplimiento de su deber de defensa de la soberanía, independencia, integridad territorial y orden constitucional, debía sujetarse a los mandatos constitucionales de protección de los derechos humanos.
En el proceso se demostró que la detención fue ilegal, puesto que la obligación de los miembros del Ejército era poner a los capturados a disposición de la autoridad judicial competente, lo que no ocurrió. Por el contrario, el procedimiento militar fue anormal, ilegal y desproporcionado, pues luego de someterlos a torturas como golpes, inmovilización y ahogamiento en una fuente de agua, dos de ellos fueron liberados sin ningún proceso judicial que esclareciera la conducta por la cual fueron retenidos.
Con respecto al otro retenido, dice la sentencia que fue objeto de muerte violenta y que en su “cuerpo se encuentran huellas físicas de padecimientos, tratos crueles o de actos propios de tortura a los que habría sido sometido… encuentra la Sala que su cuerpo fue encontrado incinerado, un acto de la mayor crueldad y sevicia que pueda existir, ya que no se tuvo la más mínima consideración de la dignidad del sujeto que fue reducido a su más mínima expresión antes de expirar su vida”.
Por tal razón, la Corporación ordenó al Estado aplicar todas las medidas que comprendan la garantía de no repetición de los hechos violatorios de los derechos humanos que se produjeron este caso. Finalmente, el Consejo de Estado decretó que
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