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Articulo 31 Fraccion Iv De La Constitucion


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2013  •  977 Palabras (4 Páginas)  •  1.729 Visitas

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l artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que es obligación de los mexicanos contribuir a los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. De dicho precepto constitucional se desprenden los denominados principios de justicia fiscal o tributaria a los cuales se deben ceñir todas las contribuciones, tales como los de generalidad, obligatoriedad, destino al gasto público, proporcionalidad, equidad y legalidad tributaria. Ahora bien, en relación con el principio de proporcionalidad tributaria, algunos autores como Manuel Hallivis Pelayo, ha sostenido que dicho principio radica en que las contribuciones deben impactar a cada sujeto pasivo en función de su respectiva capacidad económica, debiendo aportar una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos, de tal manera que los contribuyentes que obtengan ingresos elevados tributen en forma cualitativamente superior a los de medianos y reducidos recursos. A su vez, Adolfo Arrioja Vizcaino, ha señalado que la proporcionalidad tributaria implica la correcta disposición entre las cuotas, tasas o tarifas, previstas en las leyes tributarias y la capacidad económica de los sujetos pasivos por ellas gravados. Antecedentes históricas del Art. 31 fracción IV, de la constitución política de los Estados Unidos Mexicano Contribuir para los gastos públicos, así de la federación, como del distrito federal o del estado y municipios en que residan de la manera proporcional y equitativa que disponga la ley. Los impuestos que deben pagar los importadores al introducir mercancía extranjera al mercado mexicano, están sujetos, como todas las contribuciones, al incumplimiento de los principios constitucionales establecidos en el art.31 fracción IV, de las normas fundamentales. Conforme a estos principios, todo gravamen o impuesto debe contenerse en una ley, formal y materialmente considerada, es decir expedida por el congreso de la unión, principio de legalidad, debe ser proporcionado, principio de equidad, debe ser equitativo, principio equidad y debe destinarse al gasto publico. Tratándose de los impuestos de importación, el principio de legalidad a que se refiere el art. 31 fracción IV, se satisface a partir de dos actos legislativo, a saber, mediante la expedición de la ley de impuestos generales de importación y exportación que periódicamente expide el congreso de la unión, por medio del cual se crea la tarifa de los impuestos generales de importación y exportación. Objeto Que el principio de proporcionalidad radica, medularmente, en que los sujetos pasivos deben contribuir a los gastos públicos en función de su respectiva capacidad económica, debiendo aportar una parte justa y adecuada de sus ingresos, utilidades o rendimientos, lo que significa que los tributos deben establecerse de acuerdo con la capacidad económica de cada sujeto pasivo, de manera que las personas que obtengan ingresos elevados tributen en forma cualitativamente superior a los de medianos y reducidos ingresos. De esta forma,

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