Articulo Que Habla Sobre La Salud De Los Niños
Enviado por zay12 • 12 de Enero de 2013 • 690 Palabras (3 Páginas) • 1.042 Visitas
ARTICULO QUE HABLA SOBRE LA SALUD DE LOS NIÑOS
ARTICULO 4o.- EL VARON Y LA MUJER SON IGUALES ANTE LA LEY. ESTA PROTEGERA LA ORGANIZACION Y EL DESARROLLO DE LA FAMILIA.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974)
TODA PERSONA TIENE DERECHO A DECIDIR DE MANERA LIBRE, RESPONSABLE E INFORMADA SOBRE EL NUMERO Y EL ESPACIAMIENTO DE SUS HIJOS.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 31 DE DICIEMBRE DE 1974)
TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA ALIMENTACION NUTRITIVA, SUFICIENTE Y DE CALIDAD. EL ESTADO LO GARANTIZARA.
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 13 DE OCTUBRE DE 2011)
TODA PERSONA TIENE DERECHO A LA PROTECCION DE LA SALUD. LA LEY DEFINIRA LAS BASES Y MODALIDADES PARA EL ACCESO A LOS SERVICIOS DE SALUD Y ESTABLECERA LA CONCURRENCIA DE LA FEDERACION Y LAS ENTIDADES FEDERATIVAS EN MATERIA DE SALUBRIDAD GENERAL, CONFORME A LO QUE DISPONE LA FRACCION XVI DEL ARTICULO 73 DE ESTA CONSTITUCION.
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 03 DE FEBRERO DE 1983)
TODA PERSONA TIENE DERECHO A UN MEDIO AMBIENTE SANO PARA SU DESARROLLO Y BIENESTAR. EL ESTADO GARANTIZARA EL RESPETO A ESTE DERECHO. EL DAÑO Y DETERIORO AMBIENTAL GENERARA RESPONSABILIDAD PARA QUIEN LO PROVOQUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA LEY.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 8 DE FEBRERO DE 2012)
TODA PERSONA TIENE DERECHO AL ACCESO, DISPOSICION Y SANEAMIENTO DE AGUA PARA CONSUMO PERSONAL Y DOMESTICO EN FORMA SUFICIENTE, SALUBRE, ACEPTABLE Y ASEQUIBLE. EL ESTADO GARANTIZARA ESTE DERECHO Y LA LEY DEFINIRA LAS BASES, APOYOS Y MODALIDADES PARA EL ACCESO Y USO EQUITATIVO Y SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS HIDRICOS, ESTABLECIENDO LA PARTICIPACION DE LA FEDERACION, LAS ENTIDADES FEDERATIVAS Y LOS MUNICIPIOS, ASI COMO LA PARTICIPACION DE LA CIUDADANIA PARA LA CONSECUCION DE DICHOS FINES.
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 8 DE FEBRERO DE 2012)
TODA FAMILIA TIENE DERECHO A DISFRUTAR DE VIVIENDA DIGNA Y DECOROSA. LA LEY ESTABLECERA LOS INSTRUMENTOS Y APOYOS NECESARIOS A FIN DE ALCANZAR TAL OBJETIVO.
(ADICIONADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 07 DE FEBRERO DE 1983. EL DECRETO DICE QUE ES REFORMA)
EN TODAS LAS DECISIONES Y ACTUACIONES DEL ESTADO SE VELARA Y CUMPLIRA CON EL PRINCIPIO DEL INTERES SUPERIOR DE LA NIÑEZ, GARANTIZANDO DE MANERA PLENA SUS DERECHOS. LOS NIÑOS Y LAS NIÑAS TIENEN DERECHO A LA SATISFACCION DE SUS NECESIDADES DE ALIMENTACION, SALUD, EDUCACION Y SANO ESPARCIMIENTO PARA SU DESARROLLO INTEGRAL. ESTE PRINCIPIO DEBERA GUIAR EL DISEÑO, EJECUCION, SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LAS POLITICAS PUBLICAS DIRIGIDAS A LA NIÑEZ.
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO
...