Artículo 124-A.- lesiones al Concebido
Enviado por Mairim Rosario • 26 de Noviembre de 2015 • Informe • 1.080 Palabras (5 Páginas) • 201 Visitas
Artículo 124-A.- lesiones al Concebido
El que causa daño en el cuerpo o en la salud del concebido, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de un 1 ni mayor de 3.
- Este artículo fue añadido recién en el código de 1991.
- ¿Qué es la fecundación?
Es un proceso atravès del cual interactúan, se unen mutuamente los gametos masculino y femenino (espermatozoide y el ovulo). Esta interacción de los gametos puede ser de manera natural o artifical extracorpórea.
Lo cierto es que la fecundación marca el comienzo del desarrollo embrionario.
- ¿Cuáles son las etapas iniciales del desarrollo embrionario?
- En la fecundación se unen los gametos, es decir, el ovulo solo se activa cuando el espermatozoide ingrese a ella. Después de atravesar el espermatozoide la zona pelùcida que envuelve al ovocito, deja el espermatozoide en el citoplasma de la célula femenina un núcleo HAPLOIDE, luego de la fusión de los pro núcleos, a partir de ese momento el embrión de va dividiendo:
- Primero se divide en DOS CELULAS llamado BLASTOMEROS a las 26 horas.
- CUATRO CÉLULAS a las 38 horas.
- OCHO CÉLULAS a las 46 horas.
- DIECISÉIS CÉLULAS a las 68 horas.
Desde la unión de los gametos hasta ahora se llama cigoto.
- Etapa de la mórula: para llegar a la etapa de la mórula el embrión a tenido que dividirse de entre 12 a 16 células y esto ocurre entre el tercer y cuarto día. En esta fase el embrión adquiere un aspecto de una pelota compacta. La fecundación ocurre en la parte superior de una de las trompas de Falopio. El huevo anidado inicia su descenso al útero, simultáneamente que va descendiendo se va dividiendo, alcanzando al útero al tercer o cuarto día, es decir a la semana que haya ocurrido la fecundación.
Cuando el embrión este en la puerta del útero se va llamar BLASTOCITO, en ese momento intenta fijarse en las paredes del útero, va a tardar en fijarse de forma definitiva, en una semana más. A este fenómeno se le denomina LA ANIDACIÓN.
Entre los 12 y 14 días, después de la relación sexual se puede decir recién que la mujer está embarazada.
Al mes ya se tiene el plano general del futuro ser. Representa este embrión un sistema en el que empiezan a estar definido los órganos.
Al segundo mes de embarazo se empieza a desarrollar los órganos y miembros. Denominados la ORGANOGÉNESIS. Es un proceso que dura hasta el tercer mes, donde terminan de desarrollarse todos los órganos.[pic 1]
- Francisco chirinos soto dice: “resulta difícil imaginar como una acción humana puede causar daño en la salud o en el cuerpo del feto”.
- Lo cierto es que durante el último tercio del siglo XX, los juristas empezaron a preocuparse por recoger en el catalogo de delitos los llamados delitos de lesiones al concebido.
- Casabona en 1981 dice:”parece que las agresiones dolosas de esta índole merecen por su gravedad, por su grave desvalor que comportan ser sancionados”. España en su código de 1995 recoge en su artículo 157 y 158 el delito de lesiones al concebido, el cual va ser seguido por el código penal peruano en el año 2002 por la Ley N° 27716.
- ¿este delito es un delito doloso o imprudente?
Es un delito doloso con base establecido en el artículo 12 del código penal donde dice que todos los delitos establecidos en la parte especial del C.P. son dolosos.
- ¿desde cuándo se llega a ser sujeto pasivo de este delito el concebido?
- El artículo 157 del código penal español dice: ”el que por cualquier medio o procedimiento causare en un feto una lesión o enfermedad que perjudique gravemente su normal desarrollo o provoque en el mismo una tara física o psíquica será sancionado con pena de prisión con uno o cuatro años…”
- Un gran sector de la doctrina dice que el sujeto pasivo es el feto y no el embrión.
- Hay un problema que hay dos conceptos de feto en la doctrina española:
- Es feto después de los tres meses de gestación (doc. armaza).
- Es feto desde que se produce la anidación.
Elementos objetivos y subjetivos del injusto penal:
- Sujeto pasivo: el concebido, es decir embrión preimplantatorio y el feto.
Si la gestante resulta lesionada constituye otro delito diferente al art. 124.A.
Medios:
Puede el agente valerse de medios violentos o no violentos, entre los violentos tienen cabida los acometimientos físicos, los golpes, el uso de instrumentos quirúrgicos; y entre los no violentos tienen cabida la exposición provocada a ondas electromagnéticas con la finalidad, alevosa por cierto, de producir ceguera.
...