Auto Mercantil
Enviado por Latrellcandon • 10 de Junio de 2013 • 787 Palabras (4 Páginas) • 310 Visitas
RAZON.- Cuautitlán, México, 5 de cotubre del dos mil doce, con fundamento en el artículo 1055 fraccion VII del Código de Comercio, el Secretario de acuerdo da cuenta al Juez del Conocimiento con la promoción numero 13645 presentada por SANTILLAN JASSO MANUEL a la que acompaña un pagaré y un traslado, a efecto de acordar lo conducente.
EXPEDIENTE 218/2012
CONSTE
JUEZ SECRETARIO
AUTO.- CUAUTITLÁN, MÉXICO, OCTUBRE DOS MIL DOCE
Con le escrito de cuenta y anexos que acompaña el mismo, se tienen por presente al ocursante SANTILLAN JASSO MANUEL promoviendo en su caracter de encosatario en procuración de CHRISTOPER HERNANDEZ HERNANDEZ demandado en la vía EJECUTIVA MERCANTIL en contra de CARLOS SERNA PIÑON el pago de la cantidad de $385,000 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) por concepto de suerte principal y demás accesorios legales que menciona por razones que hace valer.
REGISTRESE FORMESE EXPEDIENTE
Con fundamento en los artículos 1049, 1061, 1069, 1090 al 1092, 1104 fracción II, 1391 fracción IV, 1392 al 136 y 1401 del Código de Comercio y 1 ,5 ,25 ,26 ,35 ,150, 151, 152,170 al 174 de la Ley General de Titulos y Opereaciones de Credito, se admite la demanda por lo que este auto, surte el presente auto efectos de mandamiento en forma, en consecuencia, constitúyase al ejecutor en el domicilio del demandado, requiriendole para que en el acto de diligencia haga el pago a la parte actora o a quiene sus derechos represente, de la cantidad de $385,000 (TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL PESOS 00/100 M.N.) y no haciémdolo embárguese bienes suficientes a cubrir las prestaciones reclamadas, poniéndolos a depósito de persona que bajo su responsabilidad designe la parte actora.
En razón de que el domicilio señalado para ser legalmente emplazado a juicio la parte demandada se encuentra fuera de la competencia territorial de este H. Juzgado, con fundamento en lo dispuesto por los articulos 1070 al 1074 del Código de Comercio, deberá librarse exhorto de estilo con los insertos necesarios al C. JUEZ COMPETENTE DE LO CIVIL DE LA CIUDAD DE MEXICO, DISTRITO FEDERAL, para que en auxilio a las labores de este H Juzgado efectue acción.
Hecho el embargo con copias simples de la demanda y lo que dispone el articulo 1061 del Código de Comercio, debidamente señaladas y cotejadas, córrrase traslado y emplace al demandado para qu dentro del termino de ocho días, comparezca a hacer pago llano o a oponer las excepciones que restblece el artículo 8 de la Ley General de Titulos y Opereaciones de Credito.
Asi ,is,o, prevéngase a demandado para que señale domicilio dentro de la colonia de ubicación de este tribunal para recibir notificaciones, apercibido que para el caso de no hacerlo se le harán las subcuentas en términos de las que no deben ser, personales, lo anterior con apoyo en el artículo 1069 del ordenamiento legal
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