Auxiliares Del Comercio
Enviado por NeosMusic • 13 de Agosto de 2013 • 320 Palabras (2 Páginas) • 326 Visitas
LOS AUXILIARES DEL COMERCIO.
Son las personas o empresas que auxilian al comerciante dando lugar a los apoyos que permiten el logro de los planes de trabajo y pueden ser auxiliares internos o externos.
Los auxiliares externos son personas o compañías que auxilian a los comerciantes en las operaciones mercantiles o para defenderlas y pueden ser o no otros comerciantes.
Destacan los auxiliares externos no mercantiles que son profesionistas con contratos de servicios de asesoria o para materias especificas de naturaleza contable, financiera, legal, o de cualquier otra especialidad.
Hay otro grupo de auxiliares externos que actúan dentro del mercado mediante contratos de maquila distribución, comisión, franquicia o bajo cualquier formula asociativa de naturaleza empresarial dando lugar a contratos típicamente comerciales entre los que destacan los siguientes:
El contrato de maquila.
El contrato de distribución no exclusiva.
El contrato de representación.
El contrato de administración.
Estos contratos son un ejemplo de interacción mercantil y nos conducen a la necesidad de encontrar los elementos legales que definen cada figura.
AUXILIARES EXTERNOS
Se clasifican en dos grupos: factores y dependientes.
Los factores son los funcionarios de una sociedad mercantil que tienen a su cargo la dirección, la gerencia y representación laboral de la sociedad a quienes se conoce en los negocios como empleados de cuello blanco porque toman las decisiones mas importantes y tienen facultades de mando sobre la planta laboral y normalmente tienen facultades legales a través de poderes notariales.
Los dependientes en cambio son aquellos trabajadores que tienen una relación laboral con una empresa y que con motivo de sus funciones tienen trato con los clientes proveedores y el público en general.
Este personal no tiene facultades legales para representar al comerciante pero sus actos obligan a la compañía cuando se realizan frente al público de acuerdo al principio de la apariencia mercantil según lo cual si el comerciante permite que los trabajadores celebren a su nombre operaciones frente al público, tácitamente los autorizan para que no hagan y no pueden desconocer dicho estrato.
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