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CAPITALISMO, ESTADO Y RELACIONES DE TRABAJO


Enviado por   •  18 de Noviembre de 2011  •  7.132 Palabras (29 Páginas)  •  1.223 Visitas

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INTRODUCCION

El Derecho Civil es equivalente de Derecho Privado, compone la parte fundamental del Derecho Privado que comprende las normas relativas al estado y capacidad de las personas, a la familia, al patrimonio, a las obligaciones y contratos y a la transmisión de los bienes, regulando las relaciones privadas de los individuos entre sí. De forma que el Derecho Civil forma parte del Derecho Objetivo, Positivo y Sustantivo.

El Derecho Objetivo es el conjunto de normas destinadas a reglar la conducta de los individuos en la sociedad, mientras que el Derecho Subjetivo se refiere a la facultad, poder o señorío individual o subjetivo de ser titular y hacer valer determinado derecho. El Derecho Positivo es sistema de normas jurídicas o la suma de estas normas jurídicas que regula efectivamente la vida de un pueblo en un determinado momento histórico. El Derecho Positivo puede estar constituido por actos legislativos, que consisten en leyes escritas y promulgadas, tanto como por la costumbre.

El Derecho Sustantivo: es el Derecho de fondo, que consiste en el conjunto de normas jurídicas de diverso linaje que establece los derechos y obligaciones de las personas.

El Derecho Civil contiene las siguientes materias:

• Derecho de la personalidad: comprende a las personas naturales y jurídicas.

• Derecho de familia, en sus relaciones personales y patrimoniales.

• Derecho patrimonial, que comprende lo relativo al patrimonio, derechos reales. Derechos de crédito o personales o de las obligaciones, y también comprende lo relativo a la sucesión hereditaria.

Del análisis del contenido material del Derecho Civil, se pueden extraer las siguientes ramas:

* Derecho de las personas- Derecho de la personalidad.

* Derecho de las cosas, bienes o derechos reales.

* Derechos de las obligaciones.

* Derecho de familia.

* Derecho de sucesiones.

También abordaremos en el presente estudios los aspectos históricos del Derecho Civil, su evolución en el acontecer histórico, así como el Derecho Civil en Venezuela, un análisis social del Derecho Civil, el Código Civil y su estructura, las leyes especiales, las fuentes del Derecho Civil y el Derecho Civil visto desde los distintos modelos sociales, políticos y económicos mundiales.

ASPECTOS HISTORICOS DEL DERECHO CIVIL

El Derecho Civil es el conjunto de normas jurídicas y principios que regulan las relaciones personales o patrimoniales entre personas privadas o públicas, tanto físicas como jurídicas, de carácter privado y público, o incluso entre las últimas, siempre que actúen desprovistas de imperium, que según Wikipedia La Enciclopedia Libre significa: es un término latino (imperĭum) que se traduce como «dominio» y cuyo significado moderno es poder público. En su origen etrusco se trataba de la facultad y el derecho reconocido a una persona (dictador) o un conjunto de ellas, para ejercer con autoridad el poder militar.

El Derecho Civil a lo largo de la historia ha ido progresando hasta los términos actuales y sus características han sido modificadas a través de una gran evolución histórica. Su antecedente lo hallamos en la época del antiguo imperio romano, donde coexistían dos tratados que regulaban el derecho civil, que eran: el IUS CIVILE y el IUS GENTIUM.

El Ius Civile era el derecho que tenían los ciudadanos romanos entre sí, basado en sus propias relaciones, se trataban tanto el Derecho Privado como el Derecho Publico, mientras que el Derecho Ius Gentium, se basaba en las relaciones existentes entre los ciudadanos romanos y el resto de pueblos del mundo conocido.

Durante la caída del imperio romano, estos Derechos fueron aceptados por los pueblos bárbaros que al observarlos superiores al suyo, los adoptaron para su propio beneficio. Sin embargo, siglos después, en la baja edad media, apenas existía el Derecho Civil Privado, y el Derecho Público había desaparecido por completo. Todo esto fue debido a que los distintos pueblos crearon sus propios ordenamientos jurídicos basados en función de sus propias sociedades.

Entre la época feudal y del absolutismo del siglo XIII el Derecho Civil romano se empleaba en cualquier sitio sin tener en cuenta los territorios o fronteras, época ésta en que comienza a derivar en otro tipo de derecho civil mas nacionalista, limitando de esta forma sus fronteras y creando especificaciones según el territorio.

Esta manera de utilizar el derecho por regiones fue el principio del Derecho Civil particular de cada país que hoy en día podemos encontrar. Cada país regula sus propias características de su derecho civil.

Para tener una idea generalizada de la evolución cronológica del Derecho Civil se adjunto Cuadro:

CRONOLOGIA HISTORICA DERECHO CIVIL

EPOCA AÑO SUCESO

ROMA-BIZANCIO 753 A.C. FUNDACION DE ROMA

395 D.C. DIVISION DEL IMPERIO

527-565 D.C REINADO DE JUSTINIANO Las Leges Duodecim tabolarum (doce tablas), primera codificación de las leyes romanas

FORMACION DEL DERECHO CIVIL

Ius Civile, – Ius Gentium y – Ius Honorarium

528-535 D.C CODIFICACION DEL CORPUS IURIS CIVILIS

EDAD MEDIA 962 D.C. CORONACION DE OTON (FUNDACION DEL SACRO IMPERIO ROMANO GERMANO)

1075 CONFLICTOS ENTRE EL IMPERIO Y EL PAPADO

BAJA EDAD MEDIA REACTIVACION DEL COMERCIO.

FORMACION DEL DERECHO CIVIL COMO Ius Commune

SURGE EL DERECHO MERCANTIL

EDAD CONTEMPORANEA 1789 REVOLUCION FRANCESA

1800-1815 GOBIERNO DE NAPOLEON 1804. CODIGO CIVIL FRANCES

1830 REVOLUCIONES MOERADAS

1848 REVOLUCIONES RADICALES FORMACION DEL DERECHO CIVIL

1860-1880 SURGE DERECHO LABORAL

1861 PRIMER CODIGO CIVIL VENEZOLANO

1889 CODIGO CIVIL ESPAÑOL

1900 CODIGO CIVIL ALEMAN

DERECHO CIVIL EN VENEZUELA

La Historia del Derecho venezolano se remonta al siglo XIX, siendo en ese siglo cuando se promulgaron los Códigos Nacionales, es decir el conjunto de leyes, ordenadas de manera sistemáticas, que están dirigidas a un sujeto único común y por lo tanto suprimen al orden jurídico anterior, es decir, aquel que estaba contenido en la legislación española constituida por Pragmáticas, Cédulas, Ordenes, Decretos y Ordenanzas sancionadas por el Gobierno Español antes del 18 de marzo de 1808 y, las Recopilaciones de Indias, las de la Nueva Recopilación de Castilla y Las Siete Partidas.

Las Pragmáticas son una obra de carácter metódico que ordena su contenido unas veces en función de la persona y otra, en función de las

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