CARACTERISITICAS INHERENTES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
Enviado por 22mochin • 21 de Mayo de 2012 • 689 Palabras (3 Páginas) • 1.143 Visitas
CARACTERISITICAS INHERENTES DE LAS PRESTACIONES SOCIALES
INCESIBLES
Según lo establecido en el código sustantivo del trabajo en los artículos 13, 14, 142 y 343, las prestaciones por ningún motivo se pueden ceder; las transacciones o negociaciones que se hagan sobre este aspecto carece de validez y por tanto el empleador , deberá en todo caso responder por las obligaciones adquiridas en el contrato laboral
INEMBARGABLES
Como lo estipula el código sustantivo de el trabajo en el articulo 344,estas prestaciones en su totalidad son inembargables a excepción de valores que adeuda al trabajador a favor de cooperativas y alimentos, caso en el cual se puede embargar hasta un 50%
No está por demás que las vacaciones son totalmente inembargables pues es un descanso remunerado y no es salario ni prestación social.
De igual manera, las prestaciones sociales no se pueden retener por ningún motivo, a excepción de las cesantías e interés de cesantías en el caso especifico de los delitos del trabajador que motivan a la perdida de las mismas.(articulo 250 del código sustantivo del trabajo)
EXTENSIÓN DE IMPUESTOS
Según lo establece el artículo 206 del estatuto tributario, están gravados con el impuesto sobre la renta y complementarios la totalidad de los pagos o abonos en cuentas provenientes de la relación laboral o legal y reglamentaria con excepción de las siguientes:
• Las indemnizaciones por accidentes de trabajo o enfermedad profesional
• Las indemnizaciones que impiden protección a la maternidad
• Lo recibido por gastos de entierro del trabajador
• El auxilio de cesantías y los interese sobre cesantías, siempre y cuando sean recibidas por el trabajador cuyo ingreso mensual promedio en los últimos 6 mese de vinculación laboral no excede de 7719000
Las pensiones de jubilación invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos profesionales, están gravadas a partir de 50 salarios mínimos mensuales
Las indemnizaciones sustitutivas de las personas o las declaraciones de saldo de ahorro pencional están exonerados del impuesto, en lo que resulta de multiplicar la suma equivalente a 50 salarios mínimos mensuales, calculados al momento de recibir la indemnización, por el numero de meses a los cuales esta corresponde
La exención prevista en los 3 primeros casos opera inicialmente sobre los valores que corresponden al salario mínimo legal el excedente no esta exento del impuesto de renta y complementarios a este
En términos generales el 25% del valor total de los pagos laborales realizados por los trabajadores, se considera exentos de impuestos hasta 5293000
No se presentara la declaración de la renta y complementarios los asalariados cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un
...