CARGAS Y DEUDAS DE LOS HEREDEROS
Enviado por Paddy Sarmiento • 9 de Septiembre de 2021 • Monografía • 8.330 Palabras (34 Páginas) • 86 Visitas
[pic 1][pic 2]
UNIVERSIDAD JOSE CARLOS MARIATEGUI[pic 3]
[pic 4][pic 5][pic 6][pic 7]
[pic 8]
[pic 9]
[pic 10]
CARGAS Y DEUDAS DE LA HERENCIA
CURSO : DERECHO CIVIL IV (DERECHO DE SUCESIONES)
DOCENTE : DR. BENITO VALVERDE CEDANO
GRUPO : 10
INTEGRANTES : PADY SARMIENTO SARMIENTO
VIRGINIA CUAYLA BENEGAS
HECTOR RUBEN SACARI QUISPE
AGUSTIN CESAR VILCA ORTIZ
JHONI APAZA CALLATA
MOQUEGUA- PERU
2020
AGRADECIMIENTO
Se agradece a todos los que nos apoyaron para recabar la información para la elaboración del presente trabajo
DEDICATORIA
Con mucho aprecio a nuestros amigos y compañeros que nos apoyaron en la búsqueda de información sobre el presente trabajo.
INDICE
AGRADECIMIENTO
DEDICATORIA
INDICE
INTRODUCCION
FUNDAMENTO TEÓRICO
CARGAS Y DEUDAS DE LA HERENCIA
- Cargas de la herencia
- Concepto 6
- Articulo 6
- Cuáles son las cargas de la herencia 7
- gastos del funeral o de la incineración 7
- gastos provenientes de la última enfermedad del causante 7
- gastos de administración 8
- gastos de alimentación y vivienda 8
- deudas de la herencia 8
- concepto 8
- articulo 8
- tipos de deudas 9
- deudas hereditarias 9
- deudas testamentarias 9
- personas obligadas a pagar las cargas y las deudas de la herencia 10
- responsabilidad del pago 10
- transmisión de las obligaciones inter vivos 10
- transmisión de las obligaciones mortis causa 10
- sucesor acreedor 10
- derechos de los acreedores de la herencia 12
- principales acciones que puede ejercer los acreedores 16
- Acciones de pago 16
- Acción oblicua 16
- Acción revocatoria 20
Conclusiones
Sugerencias
bibliografia
INTRODUCCION
En nuestra sociedad cuando una persona fenece muchas veces deja en herencia a sus herederos bienes y propiedades, pero no siempre es así, también se ha visto que no solo se hereda bienes y propiedades, sino que también se puede heredar cargas y deudas a los herederos de una familia u empresa.
De acuerdo al artículo 844 del Código Civil de 1984, si hay varios herederos, cada uno de ellos es copropietario de los bienes de la herencia, en proporción a la cuota que tenga derecho a heredar. Este precepto se relaciona directamente con la lógica del artículo 660, el mismo que establece que desde el momento de la muerte de una persona, los bienes, derechos y obligaciones que constituyen la herencia se trasmiten a sus sucesores.
según refiere Lohmann, que el Código nacional comete un error al mencionar que se configura una situación de copropiedad sobre los bienes de la herencia, cuando lo que ocurre es que se plantea una comunidad sobre el íntegro de la masa hereditaria, entendida como unidad total.
Tal vez esta equivocación sea la que ha generado buena parte de las confusiones respecto a diversos temas de Derecho Sucesorio, en especial en lo que concierne a su relación con las obligaciones de sujeto plural.
Antes de iniciar nuestro análisis sobre el tema, queremos dejar claramente establecido que, si no se produjera la muerte de ninguno de los sujetos de la relación obligatoria, vale decir, la de ningún deudor o codeudor ni la de ningún acreedor o coacreedor, la obligación de sujeto plural se regiría estrictamente de acuerdo a lo convenido en el título constitutivo de la misma y a lo normado en el Código Civil.
...