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CARTA DE COMPROMISO DEL PERSONAL CLAVE


Enviado por   •  19 de Octubre de 2019  •  Apuntes  •  2.825 Palabras (12 Páginas)  •  419 Visitas

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DEDICATORIA


 A Dios, por demostrarme que día a día con humildad, paciencia y sabiduría Todo es posible.

A mis padres, por el apoyo incondicional y la constante motivación que me brindan para siempre seguir adelante.


INDICE

        

INTRODUCCION        4

EL ROBO AGRAVADO        5

1.1.        SEGÚN EL CODIGO PENAL:        5

1.2.        SEGÚN DIVERSOS AUTORES:        5

2.        TEORIAS:        6

2.1.        EL ROBO COMO VARIEDAD DEL HURTO AGRAVADO:        6

2.2.        EL ROBO COMO UN DELITO COMPLEJO:        6

2.3.        EL ROBO ES DE NATURALEZA AUTÓNOMA:        7

3.        ELEMENTOS OBJETIVOS DEL ROBO:        8

3.1        SUJETO ACTIVO:        8

3.2        SUJETO PASIVO:        9

3.3        VALOR DEL BIEN:        10

4.        LA PENALIDAD        11

CONCLUSIONES        13


INTRODUCCION

El delito de robo agravado en todas sus modalidades es tan frecuente en los estrados judiciales, se encuentra previsto en el artículo 189 del Código Penal. Quizá su frecuencia constituya uno de los motivos por los cuales el legislador en catorce años de vigencia de nuestro maltrecho Código Penal, ha modificado hasta en cuatro oportunidades su numeral 189. Así tenemos, el texto original fue modificado por Ley N2 26319 del 01 de junio de 1994, luego el 21 de junio de 1996 se promulgó la Ley N9 26630, así mismo, lo dispuesto por esta última ley fue modificado por el Decreto Legislativo N2 896 del 24 de mayo de 1998 por el cual recurriendo a la drasticidad de la pena el cuestionado gobierno de aquellos años, pretendió frenar la ola de robos agravados que se había desencadenado en las grandes ciudades de nuestra patria. Con la vuelta de aires democráticos, el 05 de junio de 2001 se publicó la Ley N2 27472 por la cual en su artículo primero se modificó lo dispuesto en el Decreto Legislativo antes citado. El 03 de marzo de 2007 por Ley N2 28982 se ha ampliado el contenido del inciso 5 del citado artículo 189 del Código Penal. Finalmente el Artículo fue modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 29407, publicado el 18 septiembre 2009. 

El presente trabajo tiene con fin concientizar a las autoridades acerca de la rigurosidad de sus sanciones, ya que de la numerosa gama de ilícitos patrimoniales regulados por el Código Penal Peruano vigente destacan, por su intenso nivel de injusto y elevado quantum punitivo, los de robo y extorsión agravados por la producción de muerte o lesiones graves. Previsiones de tipicidad compleja introducidas mediante el Decreto Legislativo Nº 896 (25/05/1998), el cual, en este punto, agregó a los artículos 189 y 200 sendos y últimos párrafos conminando con pena de cadena perpetua de producirse la muerte de la víctima (robo) o rehén (extorsión).

EL ROBO AGRAVADO

Para poder empezar a desarrollar el tema me parece necesario, definir lo que es el ROBO, según el Código Penal y según Diversas acepciones de ciertos autores, así como exponer brevemente las teorías que explican la naturaleza jurídica legislativa de la figura delictiva del mismo, y los elementos que lo constituyen.

  1. CONCEPTOS DE ROBO:

  1. SEGÚN EL CODIGO PENAL:

  • Artículo 188º: “El que se apodera ilegítimamente de un mueble, total o parcialmente ajeno, para aprovecharse de él, sustrayéndolo del lugar en que se encuentra, empleando violencia contra la persona o amenazándola con un peligro inminente para su vida o integridad física será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de ocho años."
  1. SEGÚN DIVERSOS AUTORES:
  • “El robo es un delito de apoderamiento mediante sustracción al igual que el hurto, pero con empleo de violencia y/o grave amenaza sobre las personas, para de tal modo anular su voluntad de defensa y obtener la sustracción/apoderamiento en evidentes condiciones de ventaja y dominio, lo que lo diferencia substantivamente del hurto y de los demás delitos patrimoniales”. (Fidel Rojas Vargas).
  • “(…) el robo en sentido estricto es el apoderamiento ilegítimo de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, con el propósito de aprovecharse de ella, substrayéndola del lugar donde se encuentra mediante el empleo de violencia o amenaza contra la persona, o de cualquier otro medio que la incapacite para resistir y sin la concurrencia de armas o instrucciones que pudieran servir como tales”. (Roy Freyre).
  • “(…) el robo al igual que el hurto constituye un atentado contra el patrimonio, contra los derechos reales inherentes a la propiedad, cuando se produce el desapoderamiento del bien mueble”. (Raúl Peña Cabrera).

        

  1. TEORIAS:

  1. EL ROBO COMO VARIEDAD DEL HURTO AGRAVADO:

Esta teoría sostiene que como el robo tiene los mismos elementos constitutivos del hurto como son el mismo bien jurídico protegido, apoderamiento mediante sustracción, ilegitimidad de la acción, bien mueble total o parcialmente ajeno, finalidad de lucro, etc., aquel constituye una modalidad de hurto agravado debido que solo se diferencia por los modos facilitadores de la acción, esto es, el uso por parte del agente de la violencia o amenaza sobre las personas. Esta posición es tomada por el Código Penal Colombiano.

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