CASO EXPLORADORES DE LA CAVERNA
Enviado por colorazul10 • 1 de Noviembre de 2018 • Informe • 305 Palabras (2 Páginas) • 174 Visitas
CASO EXPLORADORES DE LA CAVERNA
- En primer lugar se debe dejar en claro, que el hecho relatado ocurre en un futuro muy lejano (año 4299), no se sabe si en esa época existiría un Estado de Derecho, si existirían normas jurídicas, ni tan siquiera si existiría la raza humana.-
- En segundo lugar, si tratamos de adecuar el caso al presente año (2017), y a las normas jurídicas de la República del Paraguay, se debe aclarar también, que en el Paraguay no existe la pena de muerte, que los juicios orales y públicos se realizan ante un tribunal colegiado compuesto por tres jueces de sentencia y que no existe un jurado.-
- En tercer lugar, una sentencia de primera instancia, dictada por un tribunal de sentencia, antes de ser analiazada por la Corte Suprema de Justicia (a través de algún recurso interpuesto por alguna de las partes), debe ser estudiada primeramente por un Tribunal de Apelaciones (también a través de algún recurso interpuesto por alguna de las partes).-
- En el caso de los exploradores de la caverna, el juicio no se realizó conforme al procedimiento penal establecido en la República del Paraguay, aún así, se partirá de la base de dicho juicio oral y se tratará de realizar un Acuerdo y Sentencia, por la máxima autoridad judicial, la Corte Suprema de Justicia, suponiendo que en el Paraguay existe pena de muerte y que el caso ya fue estudiado y la sentencia recaída ya ha sido confirmada por un Tribunal de Apelaciones.-
- En éste caso en particular, se sotendrá la ideología de la Escuela Positivista, aplicación de las leyes penales vigentes en el Paraguay, puesto que sí existen regulaciones penales aplicables a la situación planteada.
Artículo 4 de la Constitución Nacional: El derecho a la vida es inherente a la persona humana …….
Artículo 20 del Código Penal.-
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