CASOS EN QUE LA RESPONSABILIDAD ES MENOR QUE EL DEBITO
Enviado por YALI_LALI_ • 8 de Diciembre de 2012 • 523 Palabras (3 Páginas) • 733 Visitas
Republica Bolivariana de Venezuela
Universidad Bolivariana de Venezuela
P.F.G: Estudios Jurídicos
Aldea Universitaria Agustín Aveledo – La Pastora
4 Semestre
CASOS EN QUE LA RESPONSABILIDAD ES MENOR QUE EL DEBITO
Participantes:
Yanosvky cohen CI 22.030.785
Yaletxia Méndez CI 8.774.113
Leidy Torres CI15.368.112
Evelia Moreno C.I.2.133.731
Mercedes Salazar C.I. 3.752.844
Sonia Vargas C.I.10.529.949
Zulay DiazC.i.9.293.435
Doris Gutierrez C.I.6.082.049
Echavez Liced C.I. 9.232.427
Marta Andres C.I. 17.145.659
INTRODUCCION
La responsabilidad jurídica surge cuando el sujeto transgrede un deber de conducta señalado en una norma jurídica que, a diferencia de la norma moral, procede de algún organismo externo al sujeto, principalmente el Estado, y es coercitiva. Son normas jurídicas porque establecen deberes de conducta impuestos al sujeto por un ente externo a él, la regla puede ser a través de prohibiciones o de normas imperativas inmorales. La responsabilidad es el complemento necesario de la libertad.
El uso jurídico de la palabra proviene de poco antes de la revolución francesa, por influencia del inglés. El término habría aparecido en el Derecho Constitucional inglés.
Así, la responsabilidad en sentido jurídico debe entenderse, desde la perspectiva de una persona que ejecuta un acto libre, como la necesidad en la que se encuentra la persona de hacerse cargo de las consecuencias de sus actos.
El efecto contradictorio de una persona con las normas jurídicas ocasiona una reacción por parte del Derecho (o la sociedad) contra el sujeto que viola dichas normas. La manifestación de dicha reacción por parte del derecho se presenta mediante sanciones impuesta por el Estado.
CASOS EN QUE LA RESPONSABILIDAD ES MENOR QUE EL DÉBITO:
Casos en que la responsabilidad es menor que el débito: cuando la prestación que pueda exigir coactivamente el acreedor mediante la agresión al patrimonio del deudor, es menor que la prestación original a que se comprometió éste. Ejm: herencia aceptada a beneficio de inventario (el aceptante sólo responde hasta por la suma que constituye el activo de la herencia). También ocurre en los casos en que el deudor tiene la facultad de liberarse mediante el abandono de la cosa o renuncia del derecho y en los casos de cláusulas limitantes y eximentes de la responsabilidad.
CONCLUSION
La conexión entre
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