ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

CASOS EN QUE LA RESPONSABILIDAD ES MENOR QUE EL DEBITO


Enviado por   •  8 de Diciembre de 2012  •  523 Palabras (3 Páginas)  •  729 Visitas

Página 1 de 3

Republica Bolivariana de Venezuela

Universidad Bolivariana de Venezuela

P.F.G: Estudios Jurídicos

Aldea Universitaria Agustín Aveledo – La Pastora

4 Semestre

CASOS EN QUE LA RESPONSABILIDAD ES MENOR QUE EL DEBITO

Participantes:

Yanosvky cohen CI 22.030.785

Yaletxia Méndez CI 8.774.113

Leidy Torres CI15.368.112

Evelia Moreno C.I.2.133.731

Mercedes Salazar C.I. 3.752.844

Sonia Vargas C.I.10.529.949

Zulay DiazC.i.9.293.435

Doris Gutierrez C.I.6.082.049

Echavez Liced C.I. 9.232.427

Marta Andres C.I. 17.145.659

INTRODUCCION

La responsabilidad jurídica surge cuando el sujeto transgrede un deber de conducta señalado en una norma jurídica que, a diferencia de la norma moral, procede de algún organismo externo al sujeto, principalmente el Estado, y es coercitiva. Son normas jurídicas porque establecen deberes de conducta impuestos al sujeto por un ente externo a él, la regla puede ser a través de prohibiciones o de normas imperativas inmorales. La responsabilidad es el complemento necesario de la libertad.

El uso jurídico de la palabra proviene de poco antes de la revolución francesa, por influencia del inglés. El término habría aparecido en el Derecho Constitucional inglés.

Así, la responsabilidad en sentido jurídico debe entenderse, desde la perspectiva de una persona que ejecuta un acto libre, como la necesidad en la que se encuentra la persona de hacerse cargo de las consecuencias de sus actos.

El efecto contradictorio de una persona con las normas jurídicas ocasiona una reacción por parte del Derecho (o la sociedad) contra el sujeto que viola dichas normas. La manifestación de dicha reacción por parte del derecho se presenta mediante sanciones impuesta por el Estado.

CASOS EN QUE LA RESPONSABILIDAD ES MENOR QUE EL DÉBITO:

Casos en que la responsabilidad es menor que el débito: cuando la prestación que pueda exigir coactivamente el acreedor mediante la agresión al patrimonio del deudor, es menor que la prestación original a que se comprometió éste. Ejm: herencia aceptada a beneficio de inventario (el aceptante sólo responde hasta por la suma que constituye el activo de la herencia). También ocurre en los casos en que el deudor tiene la facultad de liberarse mediante el abandono de la cosa o renuncia del derecho y en los casos de cláusulas limitantes y eximentes de la responsabilidad.

CONCLUSION

La conexión entre

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (3 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com