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CLASIFICACION GENERAL BIENES


Enviado por   •  21 de Octubre de 2013  •  418 Palabras (2 Páginas)  •  1.287 Visitas

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1. ¿Cuál es la Clasificación General de los Bienes?

De acuerdo con el Código Civil Federal y el Código Civil del Distrito Federal, la clasificación general de los bienes se establece sobre los siguientes tipos:

1. Bienes inmuebles.

2. Bienes muebles.

3. Bienes considerados según las personas a quienes pertenecen.

4. Bienes mostrencos.

5. Bienes vacantes.

En ambos ordenamientos se establece esta clasificación, presentándose, en ambos, en su Título Segundo “Clasificación de los Bienes”, estableciendo un capitulo para cada tipo de mueble señalado. Sin embargo, en el caso de la Ley General de Bienes Nacionales, sólo se hace la distinción entre los bienes inmuebles y muebles (Título Tercero y Quinto).

2. Señale Cinco Aspectos que Contenga la Ley, para Hacer la Diferencia entre Bienes Muebles e Inmuebles

De acuerdo con lo establecido en el Código Civil Federal, encontramos los siguientes aspectos de distinción:

1. En Cuanto a su Traslado; menciona que son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por sí mismos o por efecto de una fuerza exterior; con lo cual ya se hace una distinción de los dos al señalar que son muebles por naturaleza los que se pueden trasladar. El artículo 753

2. En cuanto a la adhesión. El artículo 750 fracción III menciona que todo lo que esté unido a un inmueble de una manera fija, de mono que no pueda separarse sin deterioro del mismo inmueble o del objeto a él adherido se considera inmueble; por lo cual ya se hace una referencia específica de que al estar adherido aunque no sea un inmueble, se considera como tal; no obstante el artículo 751 menciona que recobrará su calidad de mueble cuando el dueño lo separe del inmueble.

3. El artículo 759 menciona que en general son bienes muebles, todos los demás no considerados por la ley como inmuebles; con lo cual se hace la distinción al decir que los que no están establecidos como inmuebles serán muebles.

4. De acuerdo al objeto al que se aplican, como por ejemplo los derechos reales cuyo objeto es un inmueble (su propiedad, usufructo, la hipoteca), que al ser derechos de éstos en consecuencia son considerados también como inmuebles (artículo 750 fracción XII)

5. De acuerdo al artículo 760 cuando en una disposición de la ley o en los actos y contratos se use de las palabras bienes muebles, se comprenderán bajo esa denominación los enumerados del artículo 752 al 759.

De manera específica son enunciados los considerados bienes inmuebles en los artículos 750 y 751 y para los bienes muebles del artículo 752 al 763.

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