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CLASIFICACIÓN DE JUICIOS JURIDICOS


Enviado por   •  3 de Julio de 2013  •  550 Palabras (3 Páginas)  •  4.540 Visitas

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CLASIFICACIÓN DE LOS JUICIOS JURÍDICOS

Si aplicamos la clasificación al campo del derecho y al análisis de las normas jurídicas obtendremos

resultados útiles para mejor compresión de su naturaleza formal.

ESTRUCTURA DE UN JUICIO JURÍDICO:

Los juicios en lógica formal son esencialmente la determinación de los conocimientos logrados o de las hipótesis por verificar, la forma del pensamiento en la cual se establece, una relación determinante entre dos o más conceptos, ya sea como resultado de un experimento o como consecuencia de un razonamiento.

El juicio se expresa por medio de una proposición, ya sea utilizando las palabras de un lenguaje o empleando símbolos matemáticos e implica siempre la relación, la afirmación o negación acerca de un objeto de conocimiento.

Es importante distinguir siempre los siguientes planos cuando estudiamos el juicio:

1. Las proposiciones (envoltura lingüística)

2. Los juicios propiamente dichos y

3. Los contenidos objetivos

EN EL TERRENO JURÍDICO ES POSIBLE DISTINGUIR TALES PLANOS

En el análisis de las normas las maneras de proposición gramatical

al traducirlas lógicamente asumen la forma de: juicios hipotético-relacionales, que poseen carácter imperativo-atributivo

un tercer plano

Se analizan los contenidos objetivos del juicio,

En el derecho se refieren a la conducta jurídicamente regulada, es decir, al hecho real de que los sujetos cumplan o no efectivamente con las prescripciones normativas.

ESTRUCTURA DEL JUICIO JURÍDICO.

Toda norma consiste esencialmente en una hipótesis (supuesto jurídico) de cuya realización depende la aplicación o la posibilidad de la aplicación de la disposición o consecuencia

“cuya esencia radica en ser una conexión de juicios –relación- de tipo bilateral, imperativo-atributivo”

Esto condiciona, entonces, que los juicios jurídicos se distingan de los juicios comunes y corrientes por no expresar inherencias (como en el juicio común del tipo S es P)

sino relaciones (xR y, Guatemala está al norte de Escuintla)

(el comprador debe pagar el precio de la cosa al vendedor)

las cuales están condicionadas por la hipótesis normativa.

Trasladado a una fórmula algebraica la estructura de un juicio jurídico se puede expresar así:

S (xF y) (y D x) ,

De la realización condicional (s) dependen el surgimiento de las consecuencias que poseen la característica de facultar (F) a x por relación a y, quien a su vez posee el deber (D) de actuar por relación a x.

Si tomamos como ejemplo el artículo 1,942 del Código Civil que establece que ”Por el contrato de mutuo, una

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