CLASIFICACIÓN DE JUICIOS JURIDICOS
Enviado por Luisamarg • 3 de Julio de 2013 • 550 Palabras (3 Páginas) • 4.540 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LOS JUICIOS JURÍDICOS
Si aplicamos la clasificación al campo del derecho y al análisis de las normas jurídicas obtendremos
resultados útiles para mejor compresión de su naturaleza formal.
ESTRUCTURA DE UN JUICIO JURÍDICO:
Los juicios en lógica formal son esencialmente la determinación de los conocimientos logrados o de las hipótesis por verificar, la forma del pensamiento en la cual se establece, una relación determinante entre dos o más conceptos, ya sea como resultado de un experimento o como consecuencia de un razonamiento.
El juicio se expresa por medio de una proposición, ya sea utilizando las palabras de un lenguaje o empleando símbolos matemáticos e implica siempre la relación, la afirmación o negación acerca de un objeto de conocimiento.
Es importante distinguir siempre los siguientes planos cuando estudiamos el juicio:
1. Las proposiciones (envoltura lingüística)
2. Los juicios propiamente dichos y
3. Los contenidos objetivos
EN EL TERRENO JURÍDICO ES POSIBLE DISTINGUIR TALES PLANOS
En el análisis de las normas las maneras de proposición gramatical
al traducirlas lógicamente asumen la forma de: juicios hipotético-relacionales, que poseen carácter imperativo-atributivo
un tercer plano
Se analizan los contenidos objetivos del juicio,
En el derecho se refieren a la conducta jurídicamente regulada, es decir, al hecho real de que los sujetos cumplan o no efectivamente con las prescripciones normativas.
ESTRUCTURA DEL JUICIO JURÍDICO.
Toda norma consiste esencialmente en una hipótesis (supuesto jurídico) de cuya realización depende la aplicación o la posibilidad de la aplicación de la disposición o consecuencia
“cuya esencia radica en ser una conexión de juicios –relación- de tipo bilateral, imperativo-atributivo”
Esto condiciona, entonces, que los juicios jurídicos se distingan de los juicios comunes y corrientes por no expresar inherencias (como en el juicio común del tipo S es P)
sino relaciones (xR y, Guatemala está al norte de Escuintla)
(el comprador debe pagar el precio de la cosa al vendedor)
las cuales están condicionadas por la hipótesis normativa.
Trasladado a una fórmula algebraica la estructura de un juicio jurídico se puede expresar así:
S (xF y) (y D x) ,
De la realización condicional (s) dependen el surgimiento de las consecuencias que poseen la característica de facultar (F) a x por relación a y, quien a su vez posee el deber (D) de actuar por relación a x.
Si tomamos como ejemplo el artículo 1,942 del Código Civil que establece que ”Por el contrato de mutuo, una
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