CONCILIACION CIVIL
Enviado por Laura Sanchez L' • 19 de Noviembre de 2017 • Informe • 286 Palabras (2 Páginas) • 100 Visitas
1. ¿El asunto expuesto por Hugo es susceptible de conciliación extrajudicial?
2. Para acudir a la jurisdicción ordinaria especializada en derecho civil, ¿se requiere agotar el requisito de procedibilidad para presentar la demanda?
SOLUCION
1. Primero, definamos qué son los procesos Divisorios:
Los procesos divisorios son un proceso judicial que le permite al copropietario de un bien, sea este mueble o inmueble, poder acabar con la copropiedad y separar su patrimonio del resto de los copropietarios. Para ello, el copropietario, puede pedir la división material del bien (si es posible) o en su defecto pedir la venta del inmueble con el fin de que se distribuya el producto de la misma entre ellos.
En este caso en especial los herederos deberán acordar qué hacer con la vivienda: venderla, alquilarla o vender entre ellos la parte que les corresponda.Se puede concluir entonces que lo expuesto por hugo no es suceptible de conciliacion extrajudicial ya que corresponde a una accion de division .
La conciliación en derecho civil no es requisito de procedibilidad en los siguientes procesos:
• Restitución de inmueble arrendado.• Pertenencia.• Expropiación.• Divisorios.• Ejecutivos.• En los cuales se pretenda solicitar medidas cautelares.• En los que se desconoce el domicilio del demandado.• Y, en general, en los procesos donde una de las partes no se encuentre plenamente determinada.
2.Ley 640 de 2001, el cual quedará así:
Artículo 38. Requisito de procedibilidad en asuntos civiles. Si la materia de que trate es conciliable, la conciliación extrajudicial en derecho como requisito de procedibilidad deberá intentarse antes de acudir a la especialidad jurisdiccional civil en los procesos declarativos, con excepción de los divisorios, los de expropiación y aquellos en donde se demande o sea obligatoria la citación de indeterminados.
No requiere agotar el requisito de procedibilidad para presentar la demanda.
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