CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACION PÚBLICA
Enviado por RANCELYS23 • 17 de Febrero de 2013 • 5.157 Palabras (21 Páginas) • 438 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PLANIFICACION Y FINANZAS
ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACION Y HACIENDA PÚBLICA
DIRECCIÓN DE POSTGRADO Y ADIESTRAMIENTO
ESPECIALIZACION EN GESTION ADUANERA Y COMERCIO EXTERIOR
ASIGNATURA: PLANIFICACION PUBLICA
CONSEJO LOCAL DE PLANIFICACION PÚBLICA
PROFESOR: PARTICIPANTES:
ESCARLET OJEDA BLANCO, CRISMAR
C.I. 15.499.393
CARDOZO, MARYURMI
C.I. 10.662.193
NAREZ, RANCELYS
C.I. 10.659.968
SANTANA, ADOLFO
CI. 10.565.606
PUERTO AYACUCHO, DICIEMBRE 2012
INTRODUCCION
El Sistema Nacional de Planificación Pública y Popular a través del cual se persigue alcanzar los objetivos estratégicos y metas plasmadas en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, se integra por el Consejo Federal de Gobierno, los Consejos estadales de planificación y coordinación de políticas públicas, los Consejos locales de planificación pública, los Consejos de planificación comunal y los Consejos Comunales.
Tal como lo expresa el Artículo 182 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el Artículo 26 de la Ley Orgánica de Planificación, el Consejo Local de Planificación Pública, es la instancia encargada de promover la participación organizada de la población en los procesos de planificación participativa a ser desarrollados a nivel de Municipio, donde el Alcalde o Alcaldesa tienen la responsabilidad de formular el plan de Desarrollo Municipal, en coordinación con el Consejo Local de Planificación Pública.
Recordando que los CLPP forman parte de la estructura del Sistema Nacional de Planificación Participativa (SNPP), éstos deben funcionar de manera eficiente, eficaz y efectiva de acuerdo a los requerimientos y potencialidades del Municipio, elaborando el Plan y Presupuesto de Inversión Anual a través del Presupuesto Participativo y cumpliendo las funciones que les compete.
En la presente investigación se analizara los Consejos Locales de Planificación Publica, sus antecedentes, sus funciones, objetivos y organización.
ANTECEDENTE
Después de 1958 y especialmente a partir de la Constitución de 1961 se desarrolló en Venezuela un proceso político orientado a la construcción de un sistema democrático representativo que concentró en los partidos políticos la hegemonía del ejercicio del poder.
Este sistema político que desarrolló un amplio clientelismo, pudo sostenerse hasta los años 80, gracias al auge de la renta petrolera, lo que permitió satisfacer parte de las necesidades que demandaba la población, pero que al pasar de los años no generó procesos económicos productivos, incrementándose cada día los niveles de pobreza de la población, hasta hacer inviable el sistema político.
En 1989 se introduce un cambio dentro de la tendencia de la descentralización administrativa, que se expandió en varios países de América Latina, en el sistema político, con la elección directa de Gobernadores y Alcaldes, si bien esa decisión contribuyó a atender conyunturalmente la crisis de gobernabilidad, no resolvió el reclamo democrático de fondo.
Decisión que demandó la necesidad de formular un conjunto de leyes entre las que se destacan la Ley de Elección y Remoción de Gobernadores, la Reforma de la Ley Orgánica de Régimen Municipal y la Ley Orgánica de Descentralización , Delimitación y Transferencia de Competencia del Poder Público.
Entre 1990 y 1998 se establecieron algunos mecanismos y leyes orientados al proceso de descentralización y a la búsqueda de la coordinación de acciones y recursos entre los diferentes niveles de gobierno, destacándose entre otros, la Ley de Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES) y la Ley de Asignaciones Económicas Especiales (LAEE), estos esfuerzos tampoco dieron respuesta al reclamo democrático de la población, que seguía excluida del sistema político.
Esta situación condujo a que en las elecciones presidenciales de 1998, accediera al poder Hugo Chávez Frias, produciéndose la ruptura del sistema político con el cual se venía operando desde 1961.
A partir de la nueva realidad, en 1999 se desarrolla el Proceso Constituyente, para elaborar una nueva Constitución, la cual fue aprobada en diciembre del mismo año, mediante referéndum público.
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece entre sus principios que el Estado venezolano será Federal Descentralizado con un Sistema Político Democrático Participativo, acercando las estructura de Estado a la población y dotando un conjunto de preceptos constitucionales que orientan al desarrollo de una sociedad democrática, participativa, protagónica y pluralista en un Estado de justicia, Federal y Descentralizado.
Con base a este marco, el Poder Ejecutivo y Legislativo aprueban un conjunto de leyes que orientan a la sociedad venezolana y a sus instituciones, a generar los mecanismos y acciones que permitan la transformación cultural requerida para vivir en una sociedad democrática.
Entre las leyes promulgadas que promueven la viabilidad del proceso de descentralización y la participación ciudadana en los procesos de planificación, se encuentran:
- La Ley Orgánica de Planificación en la Gaceta Oficial No. 5554 Extraordinario, del 13 de noviembre de 2001, según Decreto No. 1.528 del 06 de noviembre de 1001, a objeto de establecer las bases y lineamientos para la construcción, viabilidad, perfeccionamiento y organización de la planificación en los diferentes niveles territoriales de gobierno, así como el fortalecimiento de los mecanismos de consulta y participación democrática en la misma.
- La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, publicada en la Gaceta Oficial No. 37.348 del 18 de diciembre de 2001, según decreto No. 1.590 del 08 de diciembre de 2001, tiene por objeto establecer las normas complementarias para el desarrollo del Proceso Presupuestario que cumplirán los órganos y entes sujetos a esta Ley, (expresado cuando corresponda, los ámbitos de programación presupuestaria sectorial y regional, de conformidad con las normas e instrucciones técnicas que dicte la Oficina Nacional de Presupuesto, en coordinación con el Ministerio de Planificación y Desarrollo).
La Ley Orgánica de Administración Pública, publicada en Gaceta Oficial No. 37.305 del 17 de octubre de 2001, a objeto de establecer los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración
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