CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA
Enviado por paola13031994 • 17 de Abril de 2013 • 1.504 Palabras (7 Páginas) • 886 Visitas
[ Es aquella que posee un capital abierto y sin ningún límite de número de socios.
Art.143 (Ley de Compañías)
Una sociedad Anónima es aquella que:
Cuyo capital está dividido en acciones negociables
Está formada por la aportación de los accionistas que responden únicamente por el monto de sus acciones.
NOTA:
[ Las compañías civiles anónimas están sujetas a todas las reglas de las compañías mercantiles anónimas.
PROCESO PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA
1. RESERVAR EL NOMBRE PARA LA SOCIEDAD:
Este trámite te ayudará a revisar si todavía no existe una compañía con el mismo nombre. El trámite se lo realiza en la Superintendencia de Compañías en el balcón de servicios o vía web desde la página https://www.supercias.gov.ec/Web/privado/seguridad/htm/servicios%20personalizados.htm .
Art.144 (Ley de Compañías).- LA DENOMINACIÓN:
Deberá contener la denominación de “Compañía Anónima” o “Sociedad Anónima” o las siglas correspondientes “S.A” o “C.A”
NOTA:
Las personas naturales o jurídicas que no hayan cumplido con las disposiciones de la ley de compañías para la constitución de una compañía anónima no podrán usar o anunciar un nombre, expresión o siglas que indique que se trata de una compañía anónima.
Los que contravinieren:
Serán sancionados según lo prescrito en el artículo 445(Ley de Compañías)
• El superintendente a su juicio impondrá una multa que no exceda de doce salarios mínimos, de acuerda a la gravedad de la infracción y el monto de sus activos.
• El superintendente de compañías notificara a ministerio de salud pública para la recaudación correspondiente.
Art.145 (Ley de Compañías)
CAPACIDAD PARA CONTRATAR.
Las personas jurídicas nacionales pueden ser fundadoras o accionistas en general de las compañías anónimas.
Pero las compañías extranjeras solo podrán serlo si sus capitales estuvieren representados únicamente por acciones, participaciones o partes sociales nominativas, es decir expedidas o emitidas a favor o a nombre de sus socios, miembros o accionistas y de ninguna manera al portador.
2. APERTURA DE CUENTA DE INTEGRACIÓN DE CAPITAL:
Este trámite se lo realiza en cualquier banco del país, los requisitos básicos (que pueden variar dependiendo de la institución) son:
Capital mínimo es USD 800.
Carta de socios en la que se detalla la participación de cada uno (para constituir una compañía se requiere un mínimo de dos socios)
Copias de cédula y papeleta de votación de cada socio.
Art.149 (Ley de Compañías)
FUNDADORES Y PROMOTORES
FUNDADORES.- en el caso de constitución simultánea las personas que suscriban acciones y otorguen la escritura de constitución.
PROMOTORES.- en el caso de constitución sucesiva, los iniciadores de la compañía que firmen la escritura de promoción.
3. ELABORACIÓN DE LOS ESTATUTOS O CONTRATO SOCIAL QUE REGIRÁ A LA SOCIEDAD.
Este documento se lo realiza mediante una minuta firmada por un abogado.
Art.150 (Ley de Compañías)
CONTENIDO DE LA ESCRITURA DE FUNDACIÓN
1. El lugar y fecha en que se celebre el contrato;
2. El nombre, nacionalidad y domicilio de las personas naturales o jurídicas que constituyan la compañía y su voluntad de fundarla;
3. El objeto social, debidamente concretado;
4. Su denominación y duración;
5. El importe del capital social, con la expresión del número de acciones en que estuviere dividido, el valor nominal de las mismas, su clase, así como el nombre y nacionalidad de los suscriptores del capital;
6. La indicación de lo que cada socio suscribe y paga en dinero o en otros bienes; el valor atribuido a éstos y la parte de capital no pagado;
7. El domicilio de la compañía;
8. La forma de administración y las facultades de los administradores;
9. La forma y las épocas de convocar a las juntas generales;
La junta general formada por los accionistas legalmente convocados y reunidos es el órgano supremo de la compañía.
10. La forma de designación de los administradores y la clara enunciación de los funcionarios que tengan la representación legal de la compañía;
11. Las normas de reparto de utilidades;
Se hará en proporción al valor pagado de las acciones
Solo se repartirá el resultante del beneficio liquido del balance anual.
12. La determinación de los casos en que la compañía haya de disolverse anticipadamente;
13. La forma de proceder a la designación de liquidadores.
LA SOCIEDAD EXTRANJERA.
1. Deberá agregar una certificación que acredite la existencia legal de dicha sociedad en su país de origen.
2. una lista completa de todos sus miembros, socios o accionistas con:
(Persona Natural)indicación de sus nombres y apellidos, estados civiles
(Persona Jurídica) la denominación o razón social
Nacionalidad, domicilios.
3. La certificación ser concedida por la autoridad competente del país de origen.
4. La lista será suscrita y certificada ante notario público por el secretario de la sociedad extranjera autorizado o por un apoderado legalmente constituido.
5. La certificación y la lista serán autenticadas por el cónsul ecuatoriano.
4. Una vez
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