CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Enviado por xoperjosue • 16 de Octubre de 2013 • 442 Palabras (2 Páginas) • 718 Visitas
CONTRATO DE ARRENDAMIENTO
Conste por el presente documento el contrato de Arrendamiento que celebran de una parte Doña ROSA AMELIA MENDOZA PUPPI, identificada con DNI N° 09153690, con domicilio en Av. Ayacucho N° 1368, Distrito de Surco, Provincia y Departamento de Lima, que en adelante se le denominará “LA ARRENDADORA” y de la otra parte don JOSE ANTONIO NIETO MENDOZA, identificado con DNI N° 21555211, domiciliado en Sector La Capilla S/N, Distrito de Tate, Ica, a quien se le denominará “EL ARRENDATARIO”, bajo los términos y condiciones siguientes:
PRIMERO.- LA ARRENDADORA es propietaria de la parcela de terreno de cultivo agrícola denominada Santa Paz N° 01 con una extensión de 11,2200 Hás con N° de unidad catastral: 08599 ubicada en el Sector La Capilla Distrito de Tate, Provincia y Departamento de Ica.
SEGUNDO.- LA ARRENDADORA da en arrendamiento a EL ARRENDATARIO un parte de la parcela Santa Paz N° 01 referente a un total de 1,0000 Ha., por un tiempo de 12 meses que corren a partir del 25 de mayo del 2013, hasta el 25 de mayo del 2014; la propietaria declara que sobre el lote de terreno materia del contrato no pesa medida judicial ó extrajudicial que limite su uso y en todo caso se compromete a su evicción y saneamiento.
TERCERO.- LA ARRENDADORA dispone de un pozo tubular ubicado en el caserío Los Calderones Distrito de Tate, con los cuales complementa las necesidades de agua, de sus cultivos establecidos en su predio agrícola.
CUARTO.- EL ARRENDATARIO abonará una merced conductiva de Un Mil cien y 00/100 nuevos soles por Há. (S/. 1,100.00) pago que se hará de la forma siguiente: Quinientos Cincuenta y 00/100 Nuevos soles (S/. 550.00) pagados en efectivo a la firma del contrato y la diferencia de Quinientos Cincuenta y 00/100 Nuevos soles (S/. 550.00) al levantamiento de la cosecha.
QUINTO.- EL ARRENDATARIO se obliga y compromete utilizar el agua del pozo de propiedad de LA ARRENDADORA siempre y cuando se encuentre operativo y disponible, siendo el costo por hora de bombeo de agua de pozo S/. 40.00 Nuevos soles.
SEXTO.- EL ARRENDATARIO se compromete a cumplir con las normas establecidas sobre sanidad vegetal por autoridad competente, así también sobre las obligaciones de pago que dispone la autoridad de aguas como son limpieza cauces y tarifa de agua, etc.
SEPTIMA.- El presente contrato se renovará automáticamente por 1 año más (12 meses), si ambas partes no modifican los acuerdos convenidos en el mismo.
Ambas partes se ratifican en los términos y condiciones de este contrato señalando como domicilio la ciudad de Ica y lo firman por duplicado.
Tate, 25 de mayo del 2013.
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ROSA AMELIA MENDOZA PUPPI
DNI N° 09153690
“LA ARRENDADORA”
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