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CONTRATO DE FINANZAS


Enviado por   •  28 de Mayo de 2014  •  1.180 Palabras (5 Páginas)  •  515 Visitas

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CONTRATO DE FIANZA

Chimalhuacán estado de México a 20 de mayo de 2013, se celebra el contrato de finanza por una parte el C. Jacqueline Hernández cuenca a quien se le denominara “acreedor” y por otra parte el C. Arturo González Hernández a quien se le denominara “deudor” y como “fiador” el C. miguel Zamora González quienes se sujetan a las siguientes declaraciones:

DECLARACIONES

1.-“acreedor” mexicana con domicilio en calle azul m.z 356, l.t 1, Chimalhuacán estado de México

2.-“deudor” mexicano soltero de 24 años de edad con domicilio en calle mallinali m.z 12, l.t 1.

3.-el “fiador” declara ser mexicano soltero de 25 años de edad y con capacidad legal, con domicilio en calle nopales m.z 82, l.t 12, Chimalhuacán.

4.-declara el “deudor” haber contraído una deuda con el “acreedor” de $20,000 (veinte mil pesos m/n) el día 15 de mayo de 2013.

5.-declara el “deudor” tener como fiador al c. miguel el cual responderá en caso de insolvencia del “deudor” por la cantidad de $20,000 (veinte mil pesos m/n).

6.-el objeto del contrato es garantizar el pago de la deuda contraída entre el “acreedor” y el “deudor” pero en caso de no ser asi por parte del “deudor” el fiador responderá en su nombre.

7.-las partes se someten al tenor de las siguientes clausulas:

CLAUSULAS

PRIMERA: El fiador se obliga a pagar la cantidad establecida de la declaración quinta.

SEGNDA: El fiador también se obliga a pagar todas las cantidades señaladas en el contrato principal sus intereses y costas.

TERCERA: Se obliga al fiador renunciar al beneficio de exclusión y división de los bienes del deudor.

CUARTA: El deudor tendrá que avisar al fiador cuando pasado el tiempo del pago.

QUINTA: La fianza tendrá efecto 30 días después del vencimiento del pago correspondiente.

SEXTA: La fianza se dará en una sola exhibición en el domicilio del acreedor.

SEPTIMA: En caso del que el fiador se vuelva insolvente se remplazara por otra que lo sea.

OCTAVA: En caso de que el fiador pagara por el deudor este tendrá derecho a una indemnización por parte del deudor.

NOVENA: Las partes renuncian al fuero de sus domicilios presentes y futuros y se someten a la jurisdicción del distrito de Netzahualcóyotl con residencia en Chimalhuacán en caso de controversia.

DECIMA: En el presente contrato se sometió de acuerdo a las disposiciones del código civil del estado de México en sus artículos 7.1000, 7.1002, 7.1013, 7.1014, 7.1044, 7.1035.

DECIMA PRIMERA: Las partes manifiestan que no existe dolo, mala fe, lesión, ignorancia o cualquier otro motivo que anule el

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