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CONTRATO LOCACIÓN


Enviado por   •  27 de Febrero de 2015  •  371 Palabras (2 Páginas)  •  237 Visitas

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CONSTE POR EL PRESENTE DOCUMENTO, EL CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS QUE CELEBRAN AL AMPARO DEL ART. 1764 EL CÓDIGO CIVIL DE UNA xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx IDENTIFICADO CON xxxxxxxxxxxxxxx, DOMICILIADO EN xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, EN ADELANTE EL LOCADOR, Y DE LA OTRA PARTE DONxxxxxxxxxxxxx3, DOMICILIADO EN xxxxxxxxxxxxxxx, EN ADELANTE EL COMITENTE, EN LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES SIGUIENTES:

PRIMERO.- EL COMITENTE SOLICITA LOS SERVICIOS DEL LOCADOR CON LA FINALIDAD DE QUE LE BRINDE LA ASESORIA Y GESTION PROCESAL EN LA VIA JUDICIAL CON LA FINALIDAD DE LLEVAR ADELANTE UN PROCESO DE OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO.

SEGUNDO.- EL LOCADOR DECLARA ESTAR CAPACITADO PARA DICHO TRABAJO.

TERCERO.- EL CONTRATO DURARÁ HASTA LA ETAPA PERTINENTE EN QUE SE HAGA EFECTIVO EL OBJETIVO QUE BUSCA LA COMITENTE DESCRITA EN LA PRIMERA CLAUSULA.

CUARTO.- LA RETRIBUCIÓN POR LOS SERVICIOS DEL LOCADOR POR CONCEPTO DE HONORARIOS SE PACTA POR UNA SUMA DE CINCO MIL QUINIENTOS /00 NUEVOS SOLES (xxxxxxxxxxx); SUMA QUE NO INCLUYE LOS DEMAS GASTOS QUE SE IRRIGUEN Y QUE LOS DEBE ASUMIR EL COMITENTE, SUMA QUE ASCIENDE A MIL QUINIENTOS /00 NUEVOS SOLES xxxxxxxxx); DEL MISMO MODO, SE PACTA QUE LUEGO DE TRES DIAS DE EMITIDO EL ADMISORIO DE LA DEMANDA, EL COMITENTE PAGARA AL LOCADOR LA SUMA DE SETECIENTOS NUEVOS SOLES(xxxxxxxxxxxx), MIENTRAS QUE EL SALDO LO PAGARÁ EN XX CUOTAS MENSUALES DE XXX NUEVOS SOLES. .

QUINTO.- ES OBLIGACIÓN DE LOS CONTRATANTES:

5.1 DE LA PARTE DEL COMITENTE:

5.1.1 BRINDAR LAS FACILIDADES DE INFORMACIÓN AL LOCADOR QUE SEAN FAVORABLES A LA LABOR ENCOMENDADA.

5.1.2 ENTREGAR AL LOCADOR TODA LA DOCUMENTACION NECESARIA PARA ALCANZAR EL OBJETIVO QUE SE BUSCA CONFORME AL PRESENTE CONTRATO.

5.2 DE LA PARTE DEL LOCADOR:

5.2.1 BRINDAR INFORMACIÓN NECESARIA LAS VECES QUE LOS COMITENTES LO REQUIERAN.

5.2.2 PARTICIPAR EN LA ASESORIA, ORIENTACION Y DEMAS REQUISITOS JUDICIALES.

5.2.3 BRINDAR LA INFORMACION PERSONAL QUE FUERAN NECESARIAS AL CASO QUE NOS OCUPA.

SEXTO.- EL LOCADOR PRESTARÁ SUS SERVICIOS DE MANERA AUTÓNOMA, A CAMBIO DE UNA RETRIBUCIÓN, PERO PODRA CONTAR CON LOS PROFESIONALES O PERSONAL DEL ESTUDIO IDONEOS PARA DICHA LABOR.

SEPTIMO.- EL PRESENTE CONTRATO NO ORIGINA RELACIÓN LABORAL ENTRE EL LOCADOR Y LOS COMITENTES, POR SER LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE NATURALEZA CIVIL.

HECHO EN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y PARA UN SOLO EFECTO, LOS QUE SE FIRMAN EN LA CIUDAD DE LIMA, EL 18 DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

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