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COORDINACION ACADEMICA DEL PNF EN ADMINISTRACION MUNICIPALIZADA


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2017  •  Apuntes  •  1.185 Palabras (5 Páginas)  •  274 Visitas

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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1][pic 2]

                        MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD POLITECNICA TERRITORIAL DEL ESTADO ARAGUA

“FREDERICO BRITO FIGUEROA”

COORDINACION ACADEMICA DEL PNF EN ADMINISTRACION MUNICIPALIZADA

ALDEA UNIVERSITARIA: ___________________________

ACTA DE EVALUACION DEL PROYECTO

Hoy, a los _____ días del mes de  ___________del año 201__, los miembros del jurado evaluador designado por la Coordinación Académica Regional del PNFA, hacemos acto de presencia para evaluar la socialización del Proyecto Socio-Integrador titulado ___________________________ __________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Presentados por los Bachilleres que a continuación se mencionan:

Apellidos y Nombres

Cedula de Identidad

Estudiantes del Programa Nacional de Formación en Administración, como requisito para optar al título de TECNICO SUPERIOR UNIVERSITARIO, habiendo presenciado el acto de divulgación, hemos determinado que: _______________________________ el Proyecto Socio-Integrador.

Leído lo expuesto y en señal de conformidad se levanta la presente ACTA en la Aldea Universitaria: _____________________________________________________________

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 3][pic 4]

                          MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD POLITECNICA TERRITORIAL DEL ESTADO ARAGUA

“FREDERICO BRITO FIGUEROA”

COORDINACION ACADEMICA DEL PNF EN ADMINISTRACION MUNICIPALIZADA

ALDEA UNIVERSITARIA “SANTOS MICHELENA”.  EJE ESTE – ESTADO ARAGUA.

Jurado Calificador

Apellidos y Nombres

Cedula de Identidad

Firma

Tutor(a) del Proyecto

Profesor(a) Representante del Jurado

Responsable por la Comunidad

[pic 5][pic 6]

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

                        MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD POLITECNICA TERRITORIAL DEL ESTADO ARAGUA

“FREDERICO BRITO FIGUEROA”

COORDINACION ACADEMICA DEL PNF EN ADMINISTRACION MUNICIPALIZADA

ALDEA UNIVERSITARIA “SANTOS MICHELENA”.  EJE ESTE – ESTADO ARAGUA.

INFORME DE AVANCE DE PROYECTO

1.- DATOS DEL PROFESOR (A) TUTOR (A):                                          FECHA:

Profesor (a) Tutor del Proyecto: Juan Carlos Franchi

C.I: 4.369.259

Tlf: 0424-305-80-78

Correo: Catorrealba1251@gmail.com

Trayecto: Administración.

Periodo: III.

Firma:

2.- DATOS DEL GRUPO DE PROYECTO:

Nombre y Apellido

Cedula de Identidad

Correo Electrónico

1

Elsy Marcano

18608380

Elsymarcano13@gmail.com.

2

Irisaybeth Hurtado

24669030

Irisaybeth.hurtado@gmail.com.

3

Greymar Escalona

26349086

Greymaeg211@gmail.com.

4

Título del Proyecto: Organización del consejo comunal (EL BEISBOL PARTE BAJA), Según La Nueva Ley Orgánica De Los Consejos Comunales.

DATOS DE LA ACTIVIDAD TUTORIAL: (Solo para uso de la Comisión Académica)

Aspectos Tratados en la Asesoría:

[pic 7][pic 8]

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

                    MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION UNIVERSITARIA

UNIVERSIDAD POLITECNICA TERRITORIAL DEL ESTADO ARAGUA

“FREDERICO BRITO FIGUEROA”

COORDINACION ACADEMICA DEL PNF EN ADMINISTRACION MUNICIPALIZADA

ALDEA UNIVERSITARIA “SANTOS MICHELENA”.  EJE ESTE – ESTADO ARAGUA.

INFORME DE AVANCE DE PROYECTO

Observaciones Principales:

Recomendaciones:

3.-BREVE DESCRIPCIÓN DE LA SITUACIÓN PROBLEMATIZADORA QUE SE ESTA RESOLVIENDO.

En Venezuela a partir de 1999, se pretende formular la participación ciudadana en todos los ámbitos como está establecido en el Articulo 62 y siguientes de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, donde además especifica la obligación del Estado a facilitar las condiciones más favorable para la participación del pueblo en los asuntos públicos; para ello estableció en el año 2002 la primera ley orgánica de los Consejos Comunales cuya finalidad era integrar a la comunidad en la elaboración, ejecución y evaluación de proyecto dirigidos a solucionar los problemas de las comunidades, sin embargo, esta ley mostró limitantes en cuanto a la participación del común de la gente, por lo que fue reformada en el año 2009 y  promulgada en el presente año.

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