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CUESTIONARIO DE AMPARO


Enviado por   •  9 de Agosto de 2012  •  1.250 Palabras (5 Páginas)  •  973 Visitas

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Materia: Amparo II.

Maestra: Lic. Adriana Díaz Santacruz.

Alumno: Miguel David Ruelas León

Licenciatura en Derecho, noveno cuatrimestre.

Actividad para trabajar en clase correspondiente al día 22 de junio del dos mil doce.

1.- Contesta las siguientes preguntas, utilizando para ello el material proporcionado por la maestra. Te servirá como guía de estudio para la segunda evaluación, conjuntamente con el material trabajado en las dos clases anteriores.

2.- Cabe la posibilidad de que no se tenga la clase correspondiente debido a compromisos laborales de la maestra, si es así, entrega el cuestionario a la Coordinación en esta misma fecha.

1.- Señala las tres hipótesis de procedencia del juicio de amparo biinstancial, con fundamento en el artículo 114, fracción VII de la Ley de la materia.

a) El no ejercicio de la acción penal.

b) El desistimiento de la acción penal.

c) La abstención para ejercitar la acción penal en un plazo razonable.

2.- ¿Cuál es el requisito indispensable para que un Juez de Distrito conozca de una demanda contra el no ejercicio de la acción penal y que efecto surte al concederse la protección de la justicia federal?

Sólo podrá intervenir si hay previa demanda presentada por la víctima u ofendido por el delito. Si encuentra que en la averiguación previa existían elementos que acreditaba el cuerpo del delito, y la probable responsabilidad de una persona, y que la acción no está prescrita, deberá conceder el amparo el efecto de que, dejando insubsistente la determinación de no ejercicio, constriña al MP a ejercer la acción penal de su competencia ante el juez que corresponda.

3.- ¿Qué sucede si se promueve un amparo atacando cuestiones meramente formales por parte de la Representación Social, es decir cuando la actuación del Ministerio Público carece de fundamentación o motivación legal?

La sentencia de amparo que reconozca dichas deficiencias será para el efecto de obligar al MP a dictar una determinación fundada y motivada.

4.- ¿Cuándo puede desistirse el Ministerio Público de la acción penal?

Sólo podrá desistirse de la acción penal cuando de las constancias judiciales apareciere probado plenamente que no existe delito que perseguir, que la persona procesada no es responsable, que hay prescripción de la acción penal o que se acredita plenamente alguna circunstancia exonerativa de responsabilidad a favor del procesado.

5.- ¿Quién puede promover amparo en contra del desistimiento de la acción penal?

El ofendido o la víctima podrán acudir en demanda de garantías para que el juez de distrito declare tal circunstancia, nulifique la determinación de no ejercicio, y obligue al representante social a continuar el proceso penal.

6.- Explique brevemente la procedencia del juicio de garantías en contra de la abstención del Ministerio Público para pronunciarse sobre el ejercicio o no, de la acción penal.

Se da en contra de la omisión de emitir alguna determinación ministerial cuando se considera que ha transcurrido ya un plazo razonable para que el MP decida sobre el ejercicio o no ejercicio de la acción penal.

Significa que el juicio es procedente en contra de la abstención del MP para pronunciarse sobre el ejercicio o no de la acción penal y se autoriza al juzgador de amparo para apreciar, en cada caso concreto, si se ha rebasado el tiempo razonable para que la representación social dicte la determinación que proceda, con base en las constancias que obran en la averiguación previa. En este caso, la sentencia de amparo que se dicte concediendo la protección constitucional al quejoso, será para el efecto de imponer al MP un término razonable para que en plazo prudente dicte su determinación ministerial.

7.- ¿Se puede impugnar mediante amparo la resolución que haga el Procurador, revocando la determinación del no ejercicio de la acción penal por parte del Ministerio Público?

No es impugnable a través del juicio constitucional, ya que se considera que con esta determinación no se violan las garantías individuales, pues no se causa agravio al indiciado quejoso, al ser de orden público el ejercicio y la continuación de la acción penal.

8.- ¿Quién es el tercero perjudicado en

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