Capitulo 58 Ligie
Enviado por mitareaenlinea • 12 de Octubre de 2011 • 1.981 Palabras (8 Páginas) • 1.296 Visitas
Sección X. Pasta de madera o de las demás materias fibrosas celulósicas; papel o cartón para reciclar (desperdicios y desechos); papel o cartón y sus aplicaciones
Capítulo 58 Papel y cartón; manufacturas de pasta de celulosa, de papel o cartón
Notas.
1. AMPL. (Extiende el contenido de este capítulo). En este Capítulo, salvo disposición en contrario, toda referencia a papel incluye también al cartón, sin que se tenga en cuenta el espesor o el peso por m².
2. EXC. (Excluye las que se consideran en este capítulo). Este Capítulo no comprende:
a) los artículos del Capítulo 30;
b) las hojas para el marcado a fuego de la partida 32.12;
c) los papeles perfumados y los papeles impregnados o recubiertos de cosméticos (Capítulo 33);
d) el papel y la guata de celulosa impregnados, recubiertos o revestidos de jabón o de detergentes (partida 34.01), o de cremas, encáusticos, abrillantadores (lustres) o preparaciones similares (partida
34.05);
e) el papel y cartón sensibilizados de las partidas 37.01 a 37.04;
f) el papel impregnado con reactivos de diagnóstico o de laboratorio (partida 38.22);
g) el plástico estratificado con papel o cartón, los productos constituidos por una capa de papel o cartón
recubiertos o revestidos de una capa de plástico cuando el espesor de este último sea superior a la mitad del espesor total, y las manufacturas de estas materias, excepto los revestimientos para paredes de la partida 48.14 (Capítulo 39);
h) los artículos de la partida 42.02 (por ejemplo, artículos de viaje);
ij) los artículos del Capítulo 46 (manufacturas de espartería o cestería);
k) los hilados de papel y los artículos textiles de hilados de papel (Sección XI);
l) los artículos de los Capítulos 64 ó 65;
m) los abrasivos aplicados sobre papel o cartón (partida 68.05) y la mica aplicada sobre papel o cartón
(partida 68.14); por el contrario, el papel o cartón revestidos de polvo de mica se clasifican en este
Capítulo;
n) las hojas y tiras delgadas de metal con soporte de papel o cartón (generalmente
Secciones XIV ó XV);
o) los artículos de la partida 92.09;
p) los artículos del Capítulo 95 (por ejemplo: juguetes, juegos, artefactos deportivos) o del Capítulo 96 (por ejemplo, botones).
3. INC (incluye las partidas mencionadas en este capítulo). Salvo lo dispuesto en la Nota 7, se clasifican en las partidas 48.01 a 48.05 el papel y cartón que, por calandrado u otro modo, se hayan alisado, satinado, abrillantado, glaseado, pulido o sometido a otras operaciones de acabado similares, o a un falso afiligranado o un aprestado en la superficie, así como el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, coloreados o jaspeados en la masa por cualquier procedimiento. Salvo lo dispuesto en la partida 48.03, estas partidas no se aplican al papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que hayan sido tratados de otro modo.
4. DEF (Define y describe lo que se considera). En este Capítulo, se considera papel prensa el papel sin estucar ni recubrir del tipo utilizado para la impresión de diarios, en el que el contenido de fibras de madera obtenidas por procedimiento mecánico o
químico-mecánico sea superior o igual al 50% en peso del contenido total de fibra, sin encolar o muy ligeramente encolado, cuyo índice de rugosidad, medido en el aparato Parker Print Surf (1 MPa) sobre cada una de las caras, sea superior a 2.5 micras (micrómetros, micrones) y de peso superior o igual a 40 g/m² pero inferior o igual a 65 g/m².
5. En la partida 48.02, se entiende por papel y cartón de los tipos utilizados para escribir, imprimir u otros fines gráficos y papel y cartón para tarjetas o cintas para perforar (sin perforar), el papel y cartón fabricados principalmente con pasta blanqueada o con pasta obtenida por procedimiento mecánico o químicomecánico que cumplan alguna de las condiciones siguientes:
Para el papel o cartón de peso inferior o igual a 150 g/m2 :
a) un contenido de fibras obtenidas por procedimiento mecánico o químico-mecánico superior o igual al 10%, y
1) un peso inferior o igual a 80 g/ m2, o
2) estar coloreado en la masa;
b) un contenido de cenizas superior al 8%, y
1) un peso inferior o igual a 80 g/ m2, o
2) estar coloreado en la masa;
c) un contenido de cenizas superior al 3% y un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al
60%;
d) un contenido de cenizas superior al 3% pero inferior o igual al 8%, un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60% y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2.5 kPa⋅ m2/g;
e) un contenido de cenizas inferior o igual al 3%, un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60% y un índice de resistencia al estallido inferior o igual a 2.5 kPa⋅ m2/g;
Para el papel o cartón de peso superior a 150 g/ m2:
a) estar coloreado en la masa;
b) un grado de blancura (factor de reflectancia) superior o igual al 60%, y
1) un espesor inferior o igual a 225 micras (micrómetros, micrones), o
2) un espesor superior a 225 micras (micrómetros, micrones) pero inferior o igual a 508 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 3%;
c) un grado de blancura (factor de reflectancia) inferior al 60%, un espesor inferior o igual a 254 micras (micrómetros, micrones) y un contenido de cenizas superior al 8%.
Sin embargo, la partida 48.02 no comprende el papel y cartón filtro (incluido el papel para bolsitas de té) ni el papel y cartón fieltro.
6. En este Capítulo, se entiende por papel y cartón Kraft, el papel y cartón con un contenido de fibras obtenidas por procedimiento químico al sulfato o a la sosa (soda) superior o igual al 80% en peso del contenido total de fibra.
7. Salvo disposición en contrario en los textos de partida, el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa, que puedan clasificarse en dos o más de las partidas 48.01 a 48.11, se clasifican en la que, de entre ellas, figure en la Nomenclatura en último lugar por orden de numeración.
8. En las partidas 48.01 y 48.03 a 48.09, se clasifican solamente el papel, cartón, guata de celulosa y napa de fibras de celulosa que se presenten en una de las formas siguientes:
a) tiras o bobinas (rollos) de anchura superior a 36 cm; o
b) hojas cuadradas o rectangulares en las que sus lados sean superiores a 36 cm y a 15 cm, medidos sin plegar.
9. En la partida 48.14, se entiende por papel para decorar y revestimientos similares de paredes o techos:
a) el papel
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