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Carta Notarial Requiendo Pago


Enviado por   •  23 de Octubre de 2013  •  409 Palabras (2 Páginas)  •  695 Visitas

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CARTA NOTARIAL

Piura, 16 de octubre de 2013.

Señor:

Dr. xx

Director de la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) de Sullana

Sullana.-

Asunto: Resolución Directoral UGEL-S No. 02071 otorga Asignación por tiempo de servicios.

Referencia: Expediente No. 0002221-2013

De mi mayor consideración.-

Por la presente recurro a Usted con la finalidad de solicitarle que ordene a quien corresponda, la cancelación de la suma ascendente a Mil Seiscientos Diecinueve y 49/100 Nuevos Soles (S/. 1,619.49) correspondiente a la Asignación por haber cumplido veinte (20) años al servicio de la Carrera Pública Magisterial.

Al respecto, es preciso recordar que el 21 de agosto de 2012 mediante Resolución Directoral UGEL-S No. 02071 (en adelante, la “Resolución No. 2071”), la Dirección de la UGEL Sullana reconoció y ordenó a mi favor la cancelación de la Asignación por tiempo de servicios por el monto descrito en el párrafo anterior; el mismo que, según se desprende del numeral 1.2. de la Resolución No. 2071, debía ser cancelado con cargo a la “Asignación específica: 2.11.9.3.1., Programa: 047, Sub Programa: 0103, Act.: 3000069, Comp.: 5000192, Sector: 22, Pliego: 457, UE: 302 del Presupuesto Anual Vigente”.

Sin embargo, a pesar de haber transcurrido más de un (1) año desde la emisión de la Resolución No. 2071, y de los constantes requerimientos para hacer efectivo el pago, a la fecha la Dirección de la UGEL Sullana no ha cumplido con la cancelación a mi persona de la Asignación por haber cumplido veinte (20) años de servicios.

La situación descrita no solo me genera un gran malestar, sino un perjuicio económico por cuanto de acuerdo con el artículo 51 de la Ley No. 29062, aplicable al presente caso, “El profesor tiene derecho a percibir una remuneración íntegra al cumplir veinte (20) años de servicios la mujer (…)”. En otras palabras, los directivos de la institución se encuentran obligados a garantizar que los docentes reciban las asignación y los incentivos monetarios o no monetarios que les correspondan de acuerdo al reconocimiento de sus méritos, desempeño laboral, experiencia, formación e idoneidad profesional, así como todos aquellos que la Ley establece para los trabajadores de la Administración Pública.

En este sentido, de no cumplir en el plazo de quince (15) días calendario con la cancelación de la suma adeudada, muy a mi pesar, me veré obligada a iniciar las acciones legales correspondientes con el objeto de ver satisfecho mi derecho a percibir la Asignación por veinte (20) años de servicios, derecho plenamente reconocido por la Dirección de la UGEL Sullana.

Sin otro particular.

Atentamente,

xxxx

D.N.I. No. [**]

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