Caso Derecho Internacional Privado
Enviado por Diana Carina • 5 de Noviembre de 2017 • Informe • 510 Palabras (3 Páginas) • 286 Visitas
Integrantes
- Diana Carina Murga Mendoza.
- Alan Herrera Gálvez
- Nancy Mendoza Bugarin
- Manuel Oliva Zarate.
- José Luis Martínez Soto.
Caso 01
- decidir si se trata de una situación privada internacional, señalando cuales sean los elementos extranjeros.
- Determinar de ser el caso a que tipo de relación jurídica internacional corresponde conforme a su dimensión espacial y temporal.
Si se trata de una situación privada internacional.
Elementos: Diplomático cuenta con una inmunidad jurisdiccional.
Caso 02
- Decidir motivadamente si se trata de una situación privada internacional, identificando los elementos extranjeros que concurran.
La situación o relación jurídica sobre el alquiler del bien entre Alexander y Leonor esta considerado dentro del derecho internacional privado ya que Alexander es un domiciliado en Londres y Leonor es domiciliado en la localidad de leonesa (España).
Si bien ambos son de nacionalidad alemana en el caso de Alexander tiene como domicilio Londres gran Bretaña y la relación jurídica de alquiler del inmueble se realiza en León España León Llamazares tiene nacionalidad Alemana pero domicilia en la localidad de Leonesa España.
- Determinar de ser el caso a que tipo de relación jurídica internacional corresponde conforme a su dimensión espacial y temporal.
La clasificación de la relación jurídica internacional de acuerdo a su dimensión espacial se considera una situación internacional por la pluralidad de legislaciones.
Caso Nº 3
- Determinar si se trata de una situación privada internacional, identificando los elementos extranjeros que concurran.
Respuesta.-
Si se trata de una situación privada internacional, ya que existe el elemento extranjero de “Acto Mismo”
- Determinar si los tribunales españoles tendrían competencia judicial internacional para conocer de la demanda deducida por Suzanne Smith y Arthur Sidney.
Respuesta.-
Si, los tribunales españoles tendrían competencia, ya que la pareja española conformada por Asunción Márquez y David Campos, trataron de registrarlo en el consulado español en Londres el cual no fue permitido y por lo que la pareja española traslada al niño a León España.
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