ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Caudro De Garantias Ndividuales


Enviado por   •  14 de Marzo de 2013  •  3.673 Palabras (15 Páginas)  •  388 Visitas

Página 1 de 15

CUADRO COMPARATIVO DE ARTICULOS REFORMADOS

COMENTADOS.

Maestra si me lo permite me gustaría pronunciarme expresamente en el sentido de que resulta indudable la trascendencia de la reforma Constitucional, en tanto que da mayor sustento y certidumbre jurídica expresa al respeto, garantía, protección y defensa de los derechos humanos. Incluso Licenciada vemos y escuchamos, y cabe aclarar sin necesidad de ser estudiantes, escuchamos sobre la reforma, y es de importancia el mencionar que en lo referente a la protección hacia las mujeres hay avances importantes. Y espero con sinceridad Licenciada que esto ayude a quitarle a la sociedad los atropellos, los malos tratos y la falta de apoyo por las autoridades a los ofendidos o víctimas de algún delito, aunque prácticamente esto es reciente, pues siempre ha estado en el olvido aquella persona que ha denunciado en su agravio alguna conducta delictiva, a pesar de que existen garantías individuales de todo ofendido o víctima, se siguen violando estos derechos, ya sea por la autoridad administrativa del Ministerio Publico o por la autoridad judicial, cuando se lleva un proceso penal, pues también el mismo Juez, violentan esos derechos que constitucionalmente se encuentra establecidos, para que estrictamente sean cumplidos, además que no le brindan las facilidades de un buen servicio a las víctimas.

Título Primero

Capítulo I

De los Derechos Humanos y sus Garantías

ARTICULO 1º.

En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, QUE REFORMA LA DE 5 DE FEBRERO DE 1857.

TITULO PRIMERO

CAPITULO I DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SUS GARANTÍAS (Reformada la denominación por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio de 2011)

ARTÍCULO 1º. REFORMADO.

En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.

(Reformado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio del 2011)

Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia.

(Adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio del 2011)

Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

(Adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio del 2011)

Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.

(Adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 14 de agosto del 2001)

Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

(Reformado mediante decreto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de Junio del 2011)

COMENTARIO.

Maestra al leer el Artículo, nos podemos dar cuenta para empezar en cómo se cambian los términos, ahora eres una Persona no un Individuo se añaden aquellos Derechos Humanos, que comentamos en clase incluso derivados de los tratados que realiza nuestro País a nivel Internacional, se le agregan dos párrafos más, en donde uno nos habla de la interpretación de las normas relativas a derechos humanos bajo el principio PRO PERSONAE y el otro y que personalmente me da más certidumbre jurídica como persona, nos habla de las obligaciones a cargo de todas las autoridades de respeto, protección y reparación de violaciones a los derechos humanos bajo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.

ARTÍCULO 3ro.

Todo individuo tiene derecho a recibir educación.

El estado –federación, estados, distrito federal y municipios–, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria.

La educación que imparta el estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I-. Promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la unión, proveyendo en la esfera administrativa a su exacta observancia.

ARTÍCULO 3RO. REFORMADO.

ARTICULO 3 La educación que imparta el estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia
de la solidaridad internacional, en la independencia
y en la justicia. Del I al VIII.

COMENTARIO.

La Modificación que se le hace a este Artículo, considero que impulsara una mejor educación en nuestro país comenzando por

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (24 Kb)
Leer 14 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com