Garantias Individuales
Enviado por chequ1n • 11 de Octubre de 2011 • 3.955 Palabras (16 Páginas) • 678 Visitas
ARTÍCULO 1 - En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución
ARTÍCULO 2 – La Nación Mexicana es única e indivisible.
ARTÍCULO 3 – Todo individuo tiene derecho a la educación.
ARTÍCULO 4 - El varón y la mujer son iguales ante la ley.
ARTÍCULO 5 - A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
ARTÍCULO 6 - La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa
ARTICULO 7 - Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia.
ARTÍCULO 8 - Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición
ARTÍCULO 9 - No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito
ARTÍCULO 10 - Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio
ARTÍCULO 11 - Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos semejantes.
ARTICULO 12 - En los Estados Unidos Mexicanos no se concederán títulos de nobleza, ni prerrogativas y honores hereditarios, ni se dará efecto alguno a los otorgados por cualquier otro país.
ARTICULO 13 - Nadie puede ser juzgado por leyes privativas ni por tribunales especiales
ARTÍCULO 14 - A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
ARTÍCULO 15 - No se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos políticos
ARTICULO 16 - Nadie puede ser molestado en persona, familia, domicilio, papeles o posesione, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal de procedimiento
ARTÍCULO 17 - Ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma, ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
ARTÍCULO 18 - Sólo por delito que merezca pena corporal habrá lugar a prisión preventiva.
ARTÍCULO 19 - Ninguna detención podrá exceder del término de tres días,
ARTÍCULO 20 - En todo juicio del orden criminal tendrá el acusado las siguientes garantías
ARTÍCULO 21 - La imposición de las penas es propia y exclusiva de la autoridad judicial.
ARTICULO 22 - Quedan prohibidas las penas de mutilación y de infamia, la marca, los azotes, los palos, el tormento de cualquier especie, la multa excesiva, la confiscación de bienes y cualesquiera otras penas inusitada y trascendentales.
ARTÍCULO 23 - Ningún juicio criminal deberá tener más de tres instancias
ARTÍCULO 24 - Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias,
ARTICULO 25 - Corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral, que fortalezca la soberanía de la Nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una más justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta Constitución.
ARTÍCULO 26 - El Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la Nación.
ARTÍCULO 27 - La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional corresponde originariamente a la Nación
ARTÍCULO 28 - En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios
ARTICULO 29 - En los casos de invasión, perturbación grave de la paz pública o de cualquier otro que ponga a la sociedad en grave peligro o conflicto, solamente el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos podrá suspender en todo el país o en lugar determinado las garantías que fuesen obstáculos para hacer frente, rápida y fácilmente a la situación.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
Título Primero
Capítulo I
De las Garantías Individuales
Artículo 1. En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que ella misma establece.
Artículo 2. Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes.
Artículo 3. La educación que imparte el Estado — Federación, Estados, Municipios —, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. Esta será laica, gratuita y obligatoria.
Artículo 4. El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia.
Artículo 5. A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos. Nadie puede ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución judicial.
Artículo 6. La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado.
Artículo 7. Es inviolable la libertad de escribir y publicar escritos sobre cualquier materia. Ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, ni exigir fianza a los autores o impresores, ni coartar la libertad de imprenta, que no tiene más límites que el respeto a la vida privada, a la moral y a la paz pública. En ningún caso podrá secuestrarse la imprenta como instrumento del delito.
Artículo 8. Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que ésta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política sólo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.
Artículo 9. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho a deliberar.
Artículo
...