Garantias Individuales
Enviado por rave • 25 de Septiembre de 2011 • 2.055 Palabras (9 Páginas) • 810 Visitas
GARANTIAS INDIVIDUALES
CONCEPTO
El diccionario de la Real Academia Española define el vocablo garantía como acción o efecto de afianzar lo estipulado.
En el lenguaje vulgar, usual, garantía es todo aquello que se entrega o se promete, para asegurar el cumplimiento de una oferta que puede ser lisa y llana o supeditada a la satisfacción de algún requisito. Esa connotación expresa también el carácter accesorio de la garantía respecto de un acto principal e incluye los dos aspectos de la garantía, uno en interés de quien ofrece, y otro en interés de quien acepta.
Estos conceptos de la garantía se refieren a los actos entre particulares, y pueden aplicarse a cosas como a hechos, por ejemplo: si no te vendo la casa que te ofrecí, te indemnizare con tal cantidad de dinero; y si no llego a la cita que hemos convenido te pagare $100.00.
En el ámbito jurídico existe primero la noción de la garantía en el derecho privado, que es el pacto accesorio mediante el cual se asigna determinada cosa al cumplimiento de alguna obligación, como la prenda que pone en manos de acreedor una cosa, para que se pague con su precio la cantidad que el deudor no pago oportunamente, la hipoteca que afecta un inmueble al cumplimiento de una deuda y el fideicomiso que, con igual finalidad que la hipoteca, pasa la titularidad del inmueble a un tercero, encargado de realizar la efectividad del compromiso; existe también en el derecho privado la garantía de fianza, por la cual un tercero se obliga directamente con un acreedor a pagar por su deudor, si este no lo hace.
En el derecho público esa relación se origina, por un lado en la facultad soberana de imponer el orden y regir la actividad social y, por otro en la necesidad de que las personas no sean atropelladas en sus derechos humanos por la actuación de la autoridad. En el articulo 1º de nuestra constitución de 1917 dice: “en los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozara de las garantías que esta constitución otorga”
Estas garantías están especificadas por los siguientes artículos hasta el 28, preceptos que de manera expresa y a veces con múltiples detalles, determinan los hechos y los derechos que teóricamente se designan como derechos del hombre, o derechos humanos que nuestra constitución; pero no debemos entender que los individuos tienen tales derechos meramente por que la propia constitución se los otorga, pues véase que el precepto dice expresa y claramente que otorga garantías no derechos; las garantías son realmente una creación de la constitución, en tanto que los derechos protegidos de esas garantías son los derechos del hombre, que no provienen de ley alguna, sino directamente de la calidad de los atributos naturales del ser humano; esto es, hay que distinguir entre derechos humanos, que en términos generales son facultades de actuar o disfrutar y garantías que son los compromisos del estado de respetar la existencia y el ejercicio de esos derechos.
Si la ley constitutiva de determinado estado no menciona ni garantiza del hombre tal omisión no significa que los humanos afectados no las tengan, sino que simplemente le son desconocidos por el estado; aunque parece claro que si los tienen, deben serles reconocidos, bajo la forma de otorgamiento, de declaración o de cualquier otra.
Por su naturaleza, el hombre es un ser consciente, autónomo y racional, dotado de voluntad, de criterio y de libre albedrío, que vive y actúa en un clima social y político, animado de la constante tendencia de lograr su subsistencia y de quienes dependen de el, así como la de procurar el mejoramiento de su situación personal y familiar. La misma naturaleza le ha dotado de las aptitudes corporales y mentales adecuadas para la realización de esas finalices tales como las manos para trabajar, las piernas para trasladarse de un lugar a otro, el habla, la inteligencia y en sus distintas manifestaciones, la decisión, el esfuerzo etc.
Y como seria absurdo que tales aptitudes permanecieran ociosas, debemos entender que también por su propia naturaleza el hombre esta facultado para ejercerlas con el objeto de utilizar los medios que naturalmente tiene a su alcance para su desenvolvimiento y progreso; en términos generales, esos medios consisten en su propia vida, la libertad, la igualdad, la propiedad, la posesión, la educación, la habitación o domicilio y otros aspectos como la industria, el arte, la expresión de sus ideas, sus creencias religiosas, pues sin el disfrute de esos medios el hombre quedaría equiparado a los demás animales que subsisten a merced de los elementos naturales; por consiguiente la mera existencia humana conduce a reconocer que los hombres tienen de por si, de acuerdo con su organización físico psicológica, derecho a la vida, a la libertad en sus múltiples aspectos, a la igualdad, a la propiedad, al trabajo etc.
En el ámbito social en el que el hombre se desenvuelve, esas facultades deben ser reconocidas y respetadas mutua y recíprocamente por todos y cada uno de los individuos que componen la humanidad puesto que cada quien debe tratar a los demás del mismo modo que el quiere que los demás lo traten.
EL MARX-LENINISMO
Partiendo de la idea que la sociedad burguesa, es decir, no comunista, esta constituida por dos clases: la de los explotadores o propietarios de los medios de producción y la de los explotados o los obreros y campesinos, Marx y Engels conciben al Estado y al Derecho como la “ maquinaria coercitiva destinada a mantener la explotación de una clase por otra” la aspiración comunista, sostienen, consiste en destruir el Estado y el Derecho burgués y sustituirlos por la dictadura del proletariado como etapa política de transición, para llegar finalmente a la sociedad comunista.
“En el Manifiesto Comunista se lee, dice Kelsen, que el propósito inmediato de los comunistas es derrocar el dominio de la burguesía, conquistar el poder político para el proletariado. El proletariado utilizara su predominio político para arrancar paso a paso todo el capital a la burguesía, para concentrar todos los medios de producción en manos del estado, es decir, del proletariado organizado como clase dominante”
Ahora bien la dictadura del proletariado o sea la concentración del poder político del Estado en la clase social de los explotados, no es sino una situación transitoria para lograr la finalidad única
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