Garantías Individuales
Enviado por jpqf • 23 de Junio de 2011 • 783 Palabras (4 Páginas) • 2.157 Visitas
Garantías Individuales.
El derecho político o constitucional es el conjunto de normas relativas a la estructura fundamental del estado, a las funciones de sus órganos y a las relaciones de estos entre si y con los particulares.
En el derecho constitucional de una nación podemos encontrar la historia misma de su pueblo, su evolución cívica y social, su lucha por la independencia y por la libertad.
La constitución suele dividirse en dogmática y orgánica.
La parte dogmática que son los derechos fundamentales del gobernado, solo comprende el capitulo primero, el de las garantías individuales.
Así mismo, esta parte dogmática: las garantías individuales, están divididas en cuatro grandes grupos:
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garantías de igualdad
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garantías de libertad
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garantías de propiedad
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garantías de seguridad jurídica
Dentro de las garantías, hay un articulo, el 29 que suspende las garantías individuales en ciertos casos ahí señalados, además del 25, 26, y 28 que establecen la rectoría económica del estado.
Garantías de igualdad
Estas garantías tienen el objeto evitar los privilegios injustificados y colocar a todos los gobernados en la misma situación frente a la ley.
La igualdad jurídica consiste en evitar las distinciones que se hagan por raza, sexo, edad, religión, profesión, posición económica, etc...
Presentaremos de manera breve la finalidad de cada articulo.
Art. 1º Goce para todo individuo de las garantías que otorga la constitución.
Art. 2º Prohibición de la esclavitud.
Art. 4º Igualdad de derechos sin distinción de sexo.
Art. 12º Prohibición de títulos nobiliarios.
Art. 13º Prohibición de fueros.
Garantías de libertad
Estas garantías están en los artículos. 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 16, 24 y 28. Siendo la libertad el derecho de elegir aquello que es bueno para una persona.
Art. 5º Es la libertad de elegir cualquier profesión que se desee, siempre y cuando sea licita, además de hablar de la justa retribución del trabajo efectuado por alguien.
Art. 6º Habla de la libertad de expresión, excepto si se ataca la moral, derechos de terceros, provoque un delito o altere el orden publico.
Art. 7º Libertad de escribir y publicar sobre cualquier materia
Art. 8º Los funcionarios y empleados públicos respetaran el ejercicio del derecho de petición, siempre y cuando, sea por escrito y de manera pacifica
Art. 9º Libertad de asociación y reunión libre con objetivos lícitos, que no sea reunión armada,
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