Causas que eximen o atenuan la responsabilidad penal
Enviado por MAICOL82 • 17 de Marzo de 2015 • Ensayo • 1.004 Palabras (5 Páginas) • 542 Visitas
CAPITULO III
CAUSAS QUE EXIMEN O ATENUAN LA RESPONSABILIDAD PENAL
Artículo 20.- Inimputabilidad
Está exento de responsabilidad penal:
1. El que por anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia o por sufrir
alteraciones en la percepción, que afectan gravemente su concepto de la realidad, no posea
la facultad de comprender el carácter delictuoso de su acto o para determinarse según esta
comprensión;
2. El menor de 18 años.
3. El que obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros, siempre que
concurran las circunstancias siguientes:
a) Agresión ilegítima;
b) Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. Se excluye
para la valoración de este requisito el criterio de proporcionalidad de medios,
considerándose en su lugar, entre otras circunstancias, la intensidad y peligrosidad
de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios de que se disponga
para la defensa.
c) Falta de provocación suficiente de quien hace la defensa;
Clic para expandir...
4. El que, ante un peligro actual e insuperable de otro modo, que amenace la vida, la
integridad corporal, la libertad u otro bien jurídico, realiza un hecho destinado a conjurar
dicho peligro de sí o de otro, siempre que concurran los siguientes requisitos:
a) Cuando de la apreciación de los bienes jurídicos en conflicto afectados y de la
intensidad del peligro que amenaza, el bien protegido resulta predominante sobre el interés
dañado; y
b) Cuando se emplee un medio adecuado para vencer el peligro;
5. El que, ante un peligro actual y no evitable de otro modo, que signifique una
amenaza para la vida, la integridad corporal o la libertad, realiza un hecho antijurídico para
alejar el peligro de sí mismo o de una persona con quien tiene estrecha vinculación.
No procede esta exención si al agente pudo exigírsele que aceptase o soportase el
peligro en atención a las circunstancias; especialmente, si causó el peligro o estuviese
obligado por una particular relación jurídica;
6. El que obra por una fuerza física irresistible proveniente de un tercero o de la
naturaleza;
7. El que obra compelido por miedo insuperable de un mal igual o mayor;
8. El que obra por disposición de la ley, en cumplimiento de un deber o en el
ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo; (*)
(*) De conformidad con el Artículo 4 de la Ley N° 27936, publicada el 12-02-2003, lo
dispuesto en los Artículos 2 y 3 de la citada Ley, se aplicará para el presente inciso, dentro
de lo que corresponda a este supuesto.
9. El que obra por orden obligatoria de autoridad competente, expedida en ejercicio
de sus funciones.
10. El que actúa con el consentimiento válido del titular de un bien jurídico de libre
disposición.
11. El personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, que en el
cumplimiento de su deber y en uso de sus armas en forma reglamentaria, cause lesiones o
muerte.
Clic para expandir...
Si alguien entiende una o mas,seria interesante que lo vaya desarrollando,yo solo entendio los 2 primeros
stephanieurpi, 22 Jun 2010 #1
BLake
BLake
Moderador
Que
...