Clases De Normas
Enviado por villacolme • 21 de Abril de 2012 • 2.032 Palabras (9 Páginas) • 743 Visitas
Normas Morales:
Las normas morales son aquellas que cada persona tiene en un momento dado para regular su propia conducta. No dependen directamente de si creemos o no en una determinada religión o si respetamos o no las leyes del país en el que nos encontramos, pues de todas formas cada persona auto regula su conducta con base en una serie de valores propios que lo llevan a comportarse de una u otra forma. Esta autorregulación, que cada uno hace de su comportamiento, tiene mucho que ver con los conceptos del bien y el mal, que pueden variar de acuerdo con los valores que se posean y que generalmente se adquieren en el seno de la sociedad en que nos formamos, en la educación que adquirimos y especialmente en la familia. Se ha asumido en este contexto una posición que privilegia la moral individual, pero es posible identificar procesos de moral social.
En caso de que una persona viole sus normas morales, no existe autoridad diferente al propio sujeto que esté facultada para sancionar tal violación, puesto que son normas que cada uno se impone. Así, es frecuente que las personas hagan cierto tipo de auto imposiciones de conformidad con su concepción del bien y ante su transgresión, que podríamos asimilarlas a sanciones impuestas por la persona que cree y por lo tanto se impone cumplir una penitencia o hacer una obra benéfica.
Como todas las normas, las morales imponen conductas, pero no son externas al sujeto, sino autónomas, dadas por la propia conciencia de cada uno. En general, las personas poseen una conciencia recta que les indica lo que está bien y lo que está mal, y actúan en consecuencia. La gente en general no roba, ni mata, ni lesiona a otros, no por temor al castigo de las leyes penales, sino porque sienten que eso está mal, y ni siquiera se toman el trabajo de leer los códigos penales para no caer en el delito, simplemente actúan por su instinto de buena persona.
En general las normas morales coinciden con las normas jurídicas, o debieran coincidir. Pero como las normas morales no tienen sanción efectiva, sino el remordimiento, y previendo que existen personas cuya conciencia no es recta, o a sabiendas de lo que su conciencia les indica actúan mal, se han sancionado las normas jurídicas que castigan a quien delinque con multa, prisión, reclusión o accesoria de inhabilitación. Si todos tuvieran una conciencia moral bien conformada y se adecuaran a ella, las normas jurídicas no tendrían razón de existir.
En cuestiones esenciales como el homicidio, el robo, el hurto o las lesiones, hay unanimidad sobre lo que es bueno o es malo. Sin embargo existen dilemas o conflictos éticos que hacen que el límite entre el bien y el mal resulte difuso. En estos casos es necesaria la norma jurídica que dirima la cuestión, por ejemplo, si debe ser o no punible el aborto, o la tenencia de drogas para consumo personal, o la imposición de la pena de muerte para delitos graves. El debate será ético, pero la solución debe ser jurídica, ya que no a todos los jueces, seguramente la conciencia les brindará las mismas soluciones, lo que atentaría contra la seguridad social.
Hay normas morales o de conciencia, que no están incluidas en el orden jurídico como conductas sancionables. Por ejemplo, ayudar a un ciego a cruzar la calle o dar una limosna a un necesitado, son deberes morales, pero no jurídicos.
Las normas morales nacen con nosotros, pero las vamos rearmando día a día, en base a nuestras experiencias, de lo que nos enseñaron que se hace y qué no, y de los valores que se nos transmiten en el mundo en que vivimos. La moral social influye decididamente sobre la moral individual. La conciencia moral y sus normas, por ejemplo sobre la fidelidad, no serán iguales en el mundo occidental que en los países musulmanes.
El conjunto de normas morales conforman un derecho no escrito llamado derecho natural.
Normas Jurídicas:
Adicionalmente a estas normas o convencionalismos sociales, encontramos las normas jurídicas. Estas son las establecidas o impuestas por las autoridades legítimamente constituidas para ello por el Estado y se imponen en forma obligatoria para toda la sociedad.
La ley o norma jurídica y su estructura.
La palabra "Ley" tiene en el lenguaje jurídico diversos significados. En su acepción más amplia, se usa como equivalente a Derecho, a norma jurídica en general.
En una acepción más restringida, ley significa, como ya se ha indicado varias veces, norma jurídica impuesta autoritariamente por el Estado. En su sentido más limitado, con ésta palabra se designa sólo un determinado grupo de esa norma dictada por el Estado.
Las clases de normas jurídicas, se tienen las siguientes:
-Órdenes o prohibiciones de hacer algo, respaldada por la amenaza de una sanción, es decir de un mal con que conmina al que la infrinja. [...] En estos casos cada norma se descompone en realidad en dos: la que ordena o prohíbe y la que amenaza con la sanción al que no cumpla aquella orden o prohibición. Se prohíbe matar y se amenaza al que mate con una pena de determinados años de prisión.
- Otras autorizan a hacer algo; conceden facultades o poderes a quién se encuentre en determinadas circunstancias para que los utilicen dentro de ciertos límites a su albedrío; poner a disposición de los particulares medios legales para que realicen fines prácticos por ellos deseados. El derecho aparece ahora, no con su faz imperativa y sancionadora, sino bajo su aspecto instrumental, al servicio de los ciudadanos como un conjunto de disposiciones que sirven de cauce ayuda y límite al logro de nuestros deseos, a nuestra libre actividad, el desarrollo de nuestra personalidad.
En cuanto a la estructura, ésta presenta dos partes claramente distintas. La primera parte puede denominarse supuesto de hecho. La segunda parte recibe usualmente el nombre de consecuencia o efecto jurídico. El supuesto de hecho de la norma jurídica constituye una previsión o una anticipación hipotética respectos de una posible o incluso probabilidad realidad futura en cuanto mentalmente imaginada o idealmente prefigurada. [...] El supuesto de hecho, dado que la norma trata de regular de modo igual, casos iguales, está formulado con cierta abstracción
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