Clasificación De Contratos
Enviado por YAYIS96 • 15 de Febrero de 2014 • 1.055 Palabras (5 Páginas) • 176 Visitas
CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS.-
1- Clasificación desde el punto de vista jurídico:
La clasificación técnica-jurídica de los contratos está legislada en parte en el Código Civil, pero no se agota en sus normas.- Por el contrario, la clasificación que hace la doctrina es mucho más amplia.-
En este curso se han priorizado las siguientes clases de contratos:
a) Unilaterales o bilaterales
Se denominan contratos bilaterales, o con prestaciones recíprocas, a los contratos que, al momento de su perfeccionamiento, engendran obligaciones recíprocas para las partes intervinientes (Art. 1138 C.C.).-
Ejemplos: compraventa, permuta, locación de cosas, de servicio y de obra, mandato oneroso, leasing, seguro.-
Se denominan contratos unilaterales o con prestación a cargo de una de las partes a los que, al momento de su perfeccionamiento, hacen nacer obligaciones para una sola de las partes intervinientes.-
Ejemplos: donación, mandato gratuito, depósito gratuito..
Plurilaterales: esta clase puede considerarse como subespecie de los bilaterales o como una tercera categoría junto a unilaterales y bilaterales.-
En esta clase, la manifestación negocial proviene de más de dos partes.- Las prestaciones se multiplican cuantitativamente según el número de contratantes.-
Ejemplos: sociedad, tarjeta de crédito.-
b)Onerosos o gratuitos:
Los contratos onerosos (o a título oneroso) son los que implican para las partes un sacrificio patrimonial al cual corresponde una ventaja (Art.1138 C.C.).-
Ejemplos: compraventa, locaciones, leasing, seguro, mutuo oneroso,
Los contratos gratuitos (o a título gratuito) implican una liberalidad, un beneficio o ventaja patrimonial sin sacrificio alguno para el destinatario. El sacrificio recae sobre la parte que, a su vez, no recibe ventaja alguna.-
Los contratos gratuitos tienen un tratamiento riguroso por parte de la ley. Así requieren mayores formalidades para su celebración y el tratamiento del adquirente a título gratuito es de menor protección.-
Ejemplos: comodato, mandato, fianza, donación.-
c) Consensuales o reales:
Los contratos son consensuales cuando se perfeccionan con el mero consentimiento.- Ejemplos: compraventa, donación, permuta, locación de cosas, de servicios y de obra, mandato, seguro, leasing.
Los contratos son reales cuando se perfeccionan con la entrega de la cosa.-
Ejemplos: comodato, mutuo, depósito.-
d) Típicos o atípicos:
Esta diferenciación se funda en la existencia de contratos legislados expresamente en lo referente a sus formalidades, contenidos, efectos, exigencias normativas, etc.- Esta tipicidad, que emerge de una regulación propia de un tipo contractual, significa que éste posee una caracterización o una estructura singular.
Ejemplos: compraventa, locación de cosas, de servicios y de obra, mandato, depósito, comodato, leasing, seguro.-
Los contratos atípicos, por el contrario, carecen de la mencionada regulación legal. Aparecen en la vida jurídica fruto de la libertad contractual (Art. 1.197 C.C.).- Ejemplos: garage, franquicia, crédito documentario, tarjeta de crédito, cajero automático, tiempo compartido.-
La importancia de esta distinción se da en la existencia de una regulación que las partes deben respetar imperativamente y que también rige como supletoria a la autonomía
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