Codigo Etico
Enviado por yankai • 15 de Junio de 2013 • 1.502 Palabras (7 Páginas) • 281 Visitas
PRINCIPIO I
OBLIGACIONES GENERALES
El principio de AO ARQUITECTOS es que deberemos sostener y avanzar en nuestro conocimiento del arte y la ciencia de la arquitectura, respetar todo el cuerpo de logros de la arquitectura y serviremos con nuestra profesión a la sociedad mexicana a la que tenemos obligación de atender. Deberemos respetar y hacer respetar todo logro de la arquitectura en cualquiera que sea su manifestación y contribuir a su desarrollo. Por lo tanto se desarrollo el presente código de ética
NORMAS ÉTICAS
N.E.1.1 Conocimiento y Habilidad: Debemos esforzarnos por mejorar nuestros conocimientos y habilidades profesionales.
N.E.I.2 Estándares de Excelencia: Debemos continuamente buscar elevar los estándares de excelencia, estética, estudio de la Arquitectura y el Urbanismo; investigación, entrenamiento y práctica.
N.E.1.3 Reconocimiento por parte de la comunidad: Debemos esforzarnos en mejorar el aprecio de la comunidad y de sus autoridades en el reconocimiento de la Arquitectura y de las funciones y responsabilidades de los Arquitectos.
N.E. 1.4 Artes afines: Debemos promover las artes afines (pintura, escultura, maquetismo, vitralismo, fotografía, etc.) y contribuir a su desarrollo.
REGLAS
R.1.1 En la práctica de la Arquitectura, debemos demostrar aptitud razonable y debemos aplicar los conocimientos y habilidades técnicas comúnmente aplicables a cada caso concreto. (Art. 33 Ley Reglamentaria del Art. 5 Constitucional y sus correlativos en las legislaciones de los Estados).
R.I.2 Tenemos deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella pueden desarrollar plenamente su personalidad. (Art. 29 Declaración Universal de los Derechos Humanos y sus correlativos en la legislación federal y de los Estados).
PRINCIPIO II
OBLIGACIONES HACIA LA SOCIEDAD
Debemos adoptar la intención y el contenido de las leyes, normas y reglamentos que se relacionan directamente con nuestra práctica profesional. Debemos tener en cuenta preponderantemente el cuidado del medio ambiente a través de sus diseños, considerando el impacto social que se deriva de nuestra actividad profesional.
NORMAS ÉTICAS
N.E 2.1 Conducta: Debemos respetar y apoyar las Leyes, Normas y Reglamentos aplicables en sus actividades profesionales, con una conducta apropiada.
N.E. 2.2 Herencia natural y cultural: Debemos respetar el patrimonio histórico, cultura, natural y arquitectónico y ayudar a conservar la herencia natural y cultural de la nación; al mismo tiempo que nos esforzaremos en mejorar el medio ambiente y la calidad de vida. El respeto al medio ambiente natural, deber ser nuestra preocupación constante en términos de la conservación de los recursos naturales, el cuidado de la contaminación en el proceso de construcción y operación de los edificios, desarrollando técnicas de acondicionamiento naturales, buscando abatir el consumo de fluidos y energéticos, aplicando nuevas tecnologías para el ahorro de los mismos.
N.E. 2.3 Responsabilidad cívica: Debemos involucrarnos en actividades cívicas como ciudadanos y promover la concientización de la sociedad en el respeto de los temas inherentes a la Arquitectura, Urbanismo, Artes y Ciencias afines.
N.E. 2.4 Servicios sociales: Debemos prestar servicio social profesional de interés público.
N.E. 2.5 Derechos Humanos: Es nuestra obligación defender los derechos humanos en todas las actividades profesionales.
REGLAS
R.2.1 No violaremos la Ley en el desempeño de su práctica profesional: Cualquier violación, está sujeta a las sanciones dispuestas en la propia Ley, para el caso concreto.
R.2.2 No promoveremos la conducta ¡lícita de un funcionario o servidor público, con la intención de influenciar una decisión o juicio relacionado con un proyecto. (Art. 221 Código Penal Federal y sus correlativos en la legislación de los Estados).
R.2.3 Si llegamos a desempeñarnos en la Administración Pública, no recibiremos pagos o dádivas con el propósito de hacer o dejar de hacer algo, justo o injusto, relacionado con sus funciones. (Art. 222, Código Penal Federal y sus correlativos en la legislación de los Estados).
R.2.4 Debemos restaurar y preservar el equilibrio ecológico y el medio ambiente en el que se desenvuelven. (Art. 1, 23, 24, 25, 26, 37 Ley General del Equilibrio y la Protección al ambiente).
R.2.5 Si tenemos conocimiento de una decisión unilateral de su cliente, que viole las leyes, normas o reglamentos aplicables, deber rehusarse a aprobar la misma, para no vernos involucrados en ilícitos tipificados.
R.2.6 No discriminaremos a ninguna persona de sus actividades profesionales, en base a raza, religión, sexo, filiación política, discapacidad. (Art. 2 Declaración Universal de los Derechos Humanos y demás correlativos en la legislaciones Estatales).
PRINCIPIO III
OBLIGACIONES HACIA EL CLIENTE
Actuaremos siempre ajustándonos a la verdad con absoluta realidad y honradez, poniendo a disposición de nuestros clientes todos nuestros conocimientos y capacidad profesional.
NORMAS ÉTICAS
N.E. 3.1 Aptitud: Debemos servir a los clientes de una manera oportuna y competente.
N E. 3.2 Actitud: NO comprometemos la calidad de los servicios profesionales que prestan estableciendo compensaciones.
N.E. 3.3
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