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Como Se Hace Un Alegato


Enviado por   •  28 de Octubre de 2013  •  2.802 Palabras (12 Páginas)  •  439 Visitas

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Cómo se hace un Alegato

Realizar o redactar un Alegato bien fundado, lógico y racional, representa una ardua tarea y dedicación no solamente por el trabajo y estudio que ello representa sino porque en definitiva debería ser la pieza procesal que elija el juzgador o árbitro al momento de dictar sentencia o laudo arbitral respectivamente.

Me permití realizar un Mapa Mental de la estructura lógica que debería poseer todo alegato y más abajo efectúo una sucinta explicación.

ALEGATO

Alsina dice al respecto: "Llámase alegato de bien probado, al escrito en que las partes examinan la prueba rendida con relación a los hechos afirmados en la demanda y contestación, para demostrar su exactitud o inexactitud.

El alegato no es sólo útil al juez, lo es también para la parte, pues contiene un precioso material aplicable en la apelación

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1 PARTES

1.1 PRESENTACIÓN (de la causa)

1.1.1 2.-Relación del caso

1.- sucinto, que permita una lectura rápida. Es decir marcando los hechos relevantes que son fundamento de la pretensión que se articula

a) Hechos de la demanda.

Hecho 1 ....

Hecho 2...etc.

b) Hechos de la contestación.

Hecho 1 ...

Hecho 2....etc.

2.- EL RELATO DEL CASO DEBERÁ HACERSE CON BASE EN NUESTRA HISTORIA SOBRE LA QUE APLICAREMOS LOS MEDIOS PROBATORIOS Y HAREMOS EL ESFUERZO DEMOSTRATIVO Y DE CONVICCIÓN.

1.1.2 3.-Fijación de los puntos controversiales

interesan los hechos verdaderamente controversiales

1.1.3 1.-Generalidades

1.- análisis y presentación ordenada de las cuestiones y de la plataforma fáctica que las sustentan

2.- decantación técnica de los hechos relevantes y conducentes para la decisión del pleito enunciados en cuanto importan el presupuesto lógico de la norma jurídica que se intenta hacer valer para el éxito de la pretensión o de la defensa, respectivamente

1.1.4 4.-Eliminación de puntos no esenciales

• la marcación en la selección de hechos fundantes de la pretensión (esenciales) y no fundantes o extraños (no esenciales), importa también desde el punto de vista de la llamada "subsunción jurídica"

• la selección de los hechos esenciales indica a su vez que éstos están incluidos en la norma que focaliza nuestra pretensión y que los no esenciales no están comprendidos en ella.

• No hacemos aquí un esquema de fundamentación jurídica sino una referencia de fundamentación de la pretensión.

1.1.5 5.-Determinación de hechos ya probados

• El reconocimiento, la confesión y la admisión

• La prueba legal: Se fundan generalmente en presunciones "iuris tantum", habiendo sido abandonadas prácticamente las presunciones "iure et de iure"

• Otros supuestos como: los hechos evidentes, los hechos imposibles, los hechos notorios, etcétera

1.1.6 6.-Sentido de la presentación de la causa

consiste en ir mostrando la historia de los hechos que hemos narrado en la demanda como "verdaderos", en contraposición con los hechos "falsos" de la contraria

1.2 ANÁLISIS

1.2.1 1.-Examen de los medios probatorios de modo estático e individual

• conviene ordenar los medios probatorios para determinar su alcance de un modo general y abstracto, de acuerdo con los medios existentes en el proceso

• medios probatorios que devienen de fuentes reales (documental, informes, pericial) tienen mayor fuerza que los medios que devienen de fuentes personales (confesión, testimonio)

• El reconocimiento judicial (anterior inspección ocular) más que un medio probatorio es un medio de conocimiento, ordenación y convicción

• Las presunciones no constituyen, como veremos, un medio probatorio

• ENTONCES: 1ºdocumental 2ºconfesión expresa 3º pericial 4ºtestimonial 5ºreconocimiento judicial

1.2.2 2.-Examen de los medios probatorios de modo dinámico

• La aplicación de los medios de prueba desde el punto de vista dinámico observa también el carácter relativo de ellos, la complejidad y completividad de los medios, la concordancia y discordancia

• En el campo dinámico, esta primera ordenación de los hechos de modo estático tiene que ser contrastada con la cuestión jurídica objeto del debate, de donde surge la mayor pertinencia de un medio respecto de un hecho determinado

• En el campo dinámico, a diferencia del estático que compara cada medio consigo mismo, la comparación se debe realizar entre los distintos medios en función de los hechos

1. ALCANCE DE LO MEDIOS PROBATORIOS

• Prueba total y la prueba plena

• prueba total: cuando un medio o conjunto de medios cubre todo el hecho o los hechos propuestos de manera completa y asertiva, o por lo menos casi total, que deja fuera de toda duda de que el hecho ocurrió en la forma narrada.

• prueba plena: variante especial de la prueba total. Tiene alcances y variantes distintas en el proceso civil (confesión expresa, que se da ante dos afirmaciones concordantes del actor y demandado) y en el penal (la confesión por sí misma no genera directamente imputabilidad y vale tanto por el hecho que perjudica cuanto por el que favorece)

• Prueba parcial y sus especialidades

• Una prueba es parcial cuando cubre parte de los hechos objeto de la misma.

• Va desde la falta de algún elemento intrascendente a la falta total de prueba.

• La mayor o menor certeza que crea la completividad o no de la prueba es el elemento que debe tomarse en cuenta para elaborar la demostración en los alegatos

• La prueba semiplena

Es una institución que aparece claramente en el proceso penal, y está ligada a la prisión preventiva

• La prueba en las medidas cautelares

• Aparece como un medio de convicción basado en elementos todavía no determinados, pero que tienen una verosimilitud preliminar importante (fumus bonis iuris)

• En el ámbito penal la denegatoria de exención de prisión o excarcelación tiene como presunción el fundamento de que el imputado intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones, con base en una serie de elementos presupuestados por la ley

• Principio de prueba por escrito

• Es "cualquier manifestación del adversario constatada en juicio, y que haga verosímil el hecho litigioso"

• La ley lo limita a documentos o expresiones de voluntad expresadas en juicio que presenten como probable el hecho

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