Comparecencia Al Proceso
Enviado por nsotoa • 20 de Septiembre de 2013 • 2.292 Palabras (10 Páginas) • 454 Visitas
INTRODUCCIÓN.
El trabajo de investigación titulado “INTRODUCION AL DERECHO PROCESAL CIVIL en el marco y desarrollo de nuestro Código Civil Peruano”, pone de relieve en forma sucinta diferentes temas relacionados al desarrollo de la investigación.
Con las naturales excepciones que suelen tener en las ciencias sociales y el derecho lo es, podría firmarse que en el proceso civil que hemos tenido en Latinoamérica ha sido y aun viene siendo en algunos casos reflejo de la influencia ideológica surgida de la revolución francesa, es decir, liberalismo e individualismo ultranza.
En el caso concreto del proceso, la ideología penetra este generalmente a través del derecho material. Como sabemos, es axioma que la característica más importante del proceso es función instrumental, es decir, en el plano de los efectos concretos, el proceso judicial cumple su fin en tanto permite que los derechos materiales se torné eficaces, para ello, declara los dudosos, condena quien finge a los certeros o constituye titular de uno de ellos a quien se le ha negado tal calidad.
Sin embargo, este carácter instrumental determina que el proceso este a servicio de los derechos materiales, de los cuales, como se anoto anteriormente a sido propuestos sobre la base de una determina opción ideológica, en esta perspectiva, resulta clara que el proceso se toma a veces mecánicamente en medio de afianzamiento de una determina ideología. Lo grave es que muchas veces se trata de una ideología que esta a contramano respecto a los interese de la comunidad.
La ideología liberal, por ejemplo, concibió a los derechos civiles como derechos eminentemente privados, fruto de la elevada importancia que concibió al individuo. De esta manera, en el proceso civil se discute regularmente derechos civiles, sobre los cuales el individuo tiene el control absoluto, entonces el proceso debe ser privado. Esta concepción como acto privado “sache der partein” (cosas de las partes) en los términos queridos por CAPPELLETTI, produjo un sistema procesal civil llamado privatístico.
En el ingreso tardío a la escena de la historia occidental que antes escribíamos, produce situaciones excepcionales. Así , como ya se anoto resulta insólito que dos ciclos después que esta concepción positivista – normativista del derecho, emanada de la ideología liberal y conocida como el nombre de la escuela exegesis , haya asido propuesta, se mantenga invicta en Latinoamérica. Lo que es más, no aparece importar que a fines del siglo XIX la escuela citada, fue dura y tenazmente atacada por el Geny y su grupo, situación que condujo a su desprestigio. Sin embargo fieles a una tradición que no es ajena, hemos cobijado como nuestra una concepción jurídica que sus mismos forjadores se encargaron de destruir hace mucho tiempo.
Tabla de contenido
CAPITULO I
1.DE LA ACCIÓN DIRECTA A LA ACCIÓN CIVIL: 7
2.EL PROCESO CIVIL EN ROMA. 8
2.1El sistema ordinario:. 8
4.EL PROCESO EN LA COLONIA: 9
2.1Sistema Extraordinario:. 8
3.EL PROCESO EN EL PERÚ PREHISPÁNICO: 9CAPITULO II
1LOS SISTEMAS PROCESALES. 12
1.1.El sistema procesal privatístico. 12
1.1.1.Tres rasgos del proceso civil privatistico. 13
1.2. El sistema procesal publicistico. 15
1.2.1. Tres características del sistema procesal publicístico. 16
2.1. DIFERENCIA SUSTANCIAL ENTRE LOS SISTEMAS PRIVATÍSTICO Y PUBLICÍSTICO. 18
CAPITULO III
1.LA TESIS DE JUAN MONROY GALVEZ . 20
2.LA TESIS DE EUGENIA ARIANO DEHO 22
CAPITULO IV
1.EL DERECHO A LA TUTELA JURISDICCIONAL 25
1.1.TUTELA JUDICIAL EFECTIVA Y EL DEBIDO PROCESO. 25
1.2.El derecho a la tutela jurisdiccional. 29
CAPITULO V
1.DEBIDO PROCESO 31
1.1.DEFINICIÓN: 31
1.2.REGLAS MÍNIMAS DEL DEBIDO PROCESO: 31
2.PRINCIPIOS BÁSICOS: 32
3.LAS GARANTÍAS PROCESALES. 32
3.1.Derecho al juez independiente o imparcial: 33
3.2.Derecho la asistencia de letrado: 33
3.3.Derecho a accionar, a contradecir, a realizar diferentes actos procesales (probar, alegar, impugnar): 34
3.4.Derecho a ser informado de la acusación formulada: 34
3.5.Derecho a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías. 34
3.6.Derecho a utilizar los medios de prueba pertinente para su defensa. (Art.139 Inciso 3 C.P.P., Art. I T.P. C.P.C., Artículos 2 y 3 del C.P.C). 34
4.CONCLUSIONES: 35
5. BIBLIOGRAFIA 36
CAPITULO I
1. DE LA ACCIÓN DIRECTA A LA ACCIÓN CIVIL:
La acción directa es una etapa en la evolución histórica de la humanidad. Imaginemos una escena para explicarnos: en el Paleolítico inferior se produce una disputa entre dos hombres primitivos, originada en que uno le ha arrebatado la lanza su instrumento de supervivencia a otro. Luego del despojo, el perjudicado busca recuperar la lanza a la fuerza; por tanto, la manera de solucionar el conflicto de intereses originado en la posesión de la lanza es la confrontación física directa entre los protagonistas, con la probable desaparición o inutilización de ambos contendientes. Así se resolvieron los conflictos interpersonales al inicio de nuestra agitada aventura de sobrevivir en la tierra. De igual parecer son COUTURE y ALZAMORA VALDEZ.
Si el grupo humano hubiera dependido exclusivamente de la acción directa para solucionar sus conflictos, muy prontamente se hubiera extinguido. Ante un medio ambiente agresivo y hostil, la única posibilidad que tuvo el animal humano para subsistir dependió de la formación de grupos (clanes, tribus, gangs, etc.). Lo que explica un rasgo del hombre tan antiguo como su existencia: su sociabilidad.
Así y todo, la estabilidad de estos grupos estuvo condicionada a que el hombre consiguiera su primer éxito político y colectivo: la prohibición de la acción directa. En estricto, todo lo logrado a la fecha en materia de desarrollo y progreso de la humanidad es consecuencia de la aplicación relativamente exitosa de una breve norma de conducta: la prohibición de la acción directa.
Si tal prohibición ha ido evolucionando hasta convertirse en aceptablemente exitosa, se debe a que el hombre encontró un medio adecuado para sustituir la violencia, expresión material de la acción directa. Este importante avance del espíritu humano consistió en delegar
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