Concepto Del Poder Constituyente
Enviado por LupitaGarciaDiaz • 7 de Junio de 2012 • 495 Palabras (2 Páginas) • 906 Visitas
Concepto del Poder Constituyente
El poder constituyente originario no puede encontrar fundamento en ninguna norma y por tanto no puede poseer una naturaleza jurídica. Como se ha afirmado, la tarea del poder constituyente es política, no jurídica. El poder constituyente, al ser origen del Derecho, no puede tener dicha naturaleza. Emmanuel Joseph Sieyès, en su obra "Qué es el Tercer Estado", atribuía dos características al poder constituyente: es un poder originario y único, que no puede encontrar fundamento fuera de sí; y que era un poder incondicionado, es decir, que no posee límites formales o materiales. Si bien, el poder constituyente no puede ser definido jurídicamente, si puede ser definido políticamente en términos de legitimidad. Tenemos que el poder constituyente es la voluntad que configura la forma de organización política de una nación. Establece las bases del pacto político y su expresión en la distribución de las ramas del poder público y sus relaciones con el ciudadano. El concepto de poder constituyente esta unido al concepto de constitución como el creador a su criatura, la constitución no puede ser pensada racionalmente sino es a partir del poder constituyente.
El primer cuestionamiento al que la teoría constitucional tuvo que hacerle frente, fue el relativo a delimitar la naturaleza jurídica del poder constituyente. El poder constituyente se ha conceptualizado como una capacidad de ejercicio de la soberanía o como “la suprema capacidad y dominio del pueblo sobre si mismo al darse, por su propia voluntad, una organización política y un ordenamiento jurídico”. El poder constituyente tiene que ser un poder legitimo, un poder susceptible de ser explicado en términos racionales aceptado por la sociedad.
La teoría del poder constituyente se ha centrado en identificar lo que podríamos definir como señales características de la legitimidad. Tales señales características de la legitimidad hacen referencia a dos elementos importantes; a la titularidad del poder constituyente y b) al proceso a través del cual dicho poder debe expresarse. Sin poder constituyente no hay constitución, pero sin soberanía no hay poder constituyente. Estos son los factores que dará como resultado una constitución legítima. En suma el poder constituyente es el instrumento a través del cual se hace realidad una determinada concepción de la soberanía. El Estado que no esta democráticamente constituido carece de legitimidad, no es un Estado de derecho. Para que la constitución sea democrática debe originarse en procedimientos que hagan intervenir al pueblo, titular del constituyente.
Es facultad del poder constituyente crear la norma fundamental en la que se establecen los poderes constituidos ordenados y limitados por la misma. En consecuencia entre poder constituyente y poderes constituidos. Fix Zamudio apunta lo siguiente.
» De naturaleza, el
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