Conjunto de normas
Enviado por octagon • 19 de Septiembre de 2011 • Trabajo • 2.981 Palabras (12 Páginas) • 1.568 Visitas
Derecho: "conjunto de normas que rigen la vida de la nación, cuyo incumplimiento es susceptible de ser castigado. Es la manifestación del poder del estado en un determinado lugar."
Disciplina que estudia las normas Tiene un objeto normativo. Es el funcionamiento del conjunto de normas. Es una ciencia, ya que estudia la disciplina según un método predeterminado y con un fin práctico: ¿Qué relación hay entre las normas? ¿Cómo funciona el sistema?. Otra concepción del derecho es que es un conjunto de normas donde se establecen obligaciones y derechos que sirven para organizar al pueblo, lo cual posibilita la convivencia social. Permite formar un juicio anticipado de la conducta del otro. Las reglas constitucionales están dotadas de sanción. Es una ciencia, ya que el objeto de la carrera se estudia con un método y un fin práctico. El mundo de las normas es un mundo ideal ya que es el mundo del "debe ser".
Objetivos:
• Organización de la conducta social.
• Establecer por medio de las normas cuál es la conducta prohibida. Junto a ellas viene la sanción, que es aplicada si la norma no se cumple. Por esto se puede establecer un proyecto para el futuro.
- Norma: disposición de conducta dotada de sanción. Toda norma está dividida en varias partes: una parte que dice la forma de vida a seguir, otra establece lo prohibido y finalmente la sanción si la norma no es cumplida. Por lo tanto, las normas (el derecho) nos permiten hacer proyectos sociales a futuro.
- Ley: norma jurídica de carácter general. También acto general por el cual se expresa el congreso.
- Sanción: consecuencia prevista en la norma en caso de no cumplirla. Hay imperativas y también prohibitivas.
*carácter reparatorio: tienden a recomponer el estado original de la situación, como estaba si la norma se hubiese cumplido. La reparación puede ser en especie cuando se repara la situación o de carácter simbólico: cuando a cambio se entrega un monto de dinero.
* carácter retributivo (de tipo penal): cuando se castiga con la cárcel, aunque también puede ser obligado a pagar el daño a la familia y/o involucrados. Sin embargo, el objetivo de esta sanción no es reparatorio, sino que consiste en privar al delincuente de un derecho propio (libertad), ya que el delincuente privó de otros derechos a las víctimas.
Filosofía vs. Ciencia. La filosofía no tiene un fin de carácter práctico, ya que busca saber por saber. En cambio, la ciencia, busca estudiar para poder aplicarlo a la realidad, a las situaciones cotidianas.
El derecho se divide en ramas para distribuir el trabajo:
• Derecho privado: es el que establece los sistemas de coordinación de las actividades de las personas. Toda persona es igual ante el derecho. Por ejemplo, el derecho civil es un derecho privado.
• Derecho Público: son las normas que rigen las relaciones entre los particulares y el estado, regula las actividades del estado. El estado actúa como representante del interés general, el estado tiene poder público y, respecto a cada habitante, es superior. El estado también podrá actuar con las normas del derecho privado. Tiene poder en la relación y lo aplica. También tiene una cuota de poder adicional. El derecho administrativo, penal, tributario son derechos públicos.
Otra división es:
• Derecho objetivo: son las leyes, normas jurídicas, tal cual son.
• Derecho subjetivo: la atribución de una persona para exigir cierta conducta positiva u omisiva de los otros. La posibilidad de reclamar derechos propios.
Además, hay otra división:
• Derecho positivo: es el derecho vigente en un lugar y tiempo determinado. Son todas las leyes que están en vigencia.
• Derecho Natural: es el derecho que tiende a identificar el derecho como lo que consideramos justicia. Puede ser de base nacional, religiosa, etc.
El derecho es un fenómeno que se da en el marco de un estado. Éste tiene tres características principales.
a) territorio
b) población
c) poder soberano
Estos tres elementos son los imprescindibles para la construcción de un nuevo estado.
Concepto y Clasificación de las fuentes del derecho.
Concepto de fuentes del derecho.
Con el término fuentes del derecho entendemos dos aspectos: el acto concreto (autoridad o ente) creador del derecho y la forma de expresión de la norma jurídica creada.
Cada rama del derecho, (sea civil, constitucional, administrativo, etc.) tiene sus fuentes especiales y específicas. Sin embargo, tales expresiones son sólo un aspecto de lo que constituye el ordenamiento jurídico nacional, son enfoques parciales.
Se considera como fuentes del derecho:
- La Constitución Política,
- la ley,
- el tratado internacional,
- el decreto con fuerza de ley,
- el decreto ley,
- el reglamento,
- la ordenanza,
- la instrucción,
- la jurisprudencia,
- la costumbre y
- la doctrina jurídica.
Clasificación.
I. Fuentes formales y materiales.
a) Formales, son las formas en que se expresan las normas jurídicas en la vida social.
b) Materiales, son los órganos de los cuales emanan las normas jurídicas: autoridades administrativas (Presidente de la República, Alcaldes, Jefes de servicios públicos, etc.), Congreso, autoridades judiciales (Corte Suprema, Tribunal Constitucional, etc.), organismos públicos (Contraloría General de la República, Servicio de Impuestos Internos, Superintendencias, etc.).
II. Desde un punto de vista de su escrituración, se distingue entre:
a) Fuentes positivas: Constitución Política, Ley, Decreto con Fuerza de Ley (DFL), Decreto Ley (DL), Tratado Internacional, Reglamento, Ordenanzas, Instrucciones.
b) Fuentes racionales o no escritas: Jurisprudencia, Costumbre y Doctrina Jurídica.
III. Dado su carácter legal o no legal, se diferencia entre:
a) Fuentes legales, dentro de ellas se comprenden:
a.1) fuentes legales propiamente tales: Constitución Política y Ley.
a.2) fuentes con rango legal: Decreto con Fuerza de Ley, Decreto Ley, Tratado Internacional.
b) Fuentes no legales: Reglamento, Ordenanzas, Instrucciones, costumbre, jurisprudencia y doctrina.
La Ley.
La ley aparece como la fuente más importante del derecho en cuanto emana de un órgano integrado, generalmente, por personas elegidas por la ciudadanía y por ende, en cuanto manifestación de la voluntad soberana del pueblo que ha de regirse por ella.
La ley tiene pues, un aspecto que la hace situarse por encima de las demás fuentes del derecho, pero bajo la Constitución. Este
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