El conjunto de normas penales
Enviado por airunmirella12 • 5 de Septiembre de 2013 • Ensayo • 388 Palabras (2 Páginas) • 419 Visitas
Desde un punto de vista objetivo, el Derecho Penal se entiende como una parte del Ordenamiento jurídico, integrado por las normas jurídicas reguladoras del poder punitivo del Estado ("Ius puniendi") en las que, mayormente, a fin de tutelar bienes jurídicos, se definen bienes jurídicos para los cuales se establecen penas y medidas de seguridad. Esto es, es el conjunto de normas penales.
En segundo lugar, desde una vertiente subjetiva, el Derecho penal también se entiende como la potestad de castigar derivada de las anteriores normas que corresponde de manera exclusiva al Estado; es el derecho que corresponde al Estado a crear y a aplicar el Derecho penal objetivo.
Según von Liszt, el "Derecho penal es el conjunto de las reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian al crimen, como hecho, a la pena como legítima consecuencia". Sin embargo, tal definición resulta hoy insuficiente y debe ampliarse por dos razones distintas que paso brevemente a comentar. La primera, porque durante el siglo XX han ido apareciendo y ocupando un lugar relevante en las legislaciones las llamadas "medidas de seguridad". De ahí que no pueda afirmarse que el Derecho penal señale sólo las "penas" a los delitos, sino que asimismo se dispone de un segundo mecanismo, como es el de las medidas de seguridad. Por otra parte, el Derecho penal no debe reducirse a normas que establecen las penas y las medidas de seguridad, sino que comprende ante todo las normas que se dirigen a los ciudadanos para que no cometan los delitos previstos en la ley. El Derecho penal no constituye sólo un conjunto de normas dirigidas a los ciudadanos que les prohíben bajo amenaza de una pena la comisión de delitos. Por último, igual que el resto del Derecho, el Derecho penal no sólo está integrado por normas en sentido estricto, sino también por valores y principios.
Derecho penal subjetivo ("Ius puniendi")
La potestad de imponer penas y medidas de seguridad a los infractores de las normas penales que las establecen.
Lo ostenta el Estado: le corresponde, en sede legislativa, establecer las conductas prohibidas y asignarles una pena o una medida; otro de sus poderes, el judicial, es el encargado de la traslación de las consecuencias jurídicas previstas en las normas a los infractores; y el poder ejecutivo hace efectivo el cumplimiento de las penas impuestas, especialmente de las privativas de libertad.
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