Constatacion de posecion
Enviado por joelitojcc • 27 de Noviembre de 2015 • Informe • 459 Palabras (2 Páginas) • 335 Visitas
CONSTATACION DE POSECION
EL SUSCRITO JUEZ DE PAZ DE PRIMERA NOMINACION DEL DISTRITO DE CHUPACA, PROVINCIA DE HUANCAYO, REGION DE JUNIN.
CERTIFICA:
Que Don SEGUNDINO CAMAYO RIVERA de 56 años de edad identificado con DNI N°19864586 ocupación obrero grado de instrucción completa estado civil casado CON Doña ESPERANZA CERRON QUISPEALAYA De 55 años de edad identificado con DNI N°19865199 ocupación su casa grado de instrucción completa domiciliados en la calle av. Amauta 905 el tambo – Huancayo solicitan que se le expide la CONSTANCIA DE POSECION uh bien inmueble de las siguientes características:
Estando a lo solicitado por DON SEGUNDINO CAMAYO RIVERA Y ESPOSA DOÑA ESPERANZA CERRON QUISPEALAYA, ME CONSTITUI Al predio ubicado PARAJE TUMAY ULO O SALPALACHI jurisdicción del distrito de san juan de iscos la misma que se constató lo siguiente:
UBICACION: El bien inmueble se halla ubicado EN PARAJE TUMAAY ULO O SALPALACHI jurisdicción del distrito de san juan de iscos provincia de Huancayo.
EXTENSION SUPERFICIAL: EL BIEN INMUEBLE TIENE UNA EXTENSION DE DOS MIL CUATRO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (2,004.74M2)
.COLINDANTES: El bien inmueble tiene los siguientes linderos y colindantes por el norte con el terreno de pablo Aurelio bastidas, por el sur con el terreno de paulino Ochoa romero, por el este con camino transitable y terrenos de Chupaca y por el oeste con el terreno de la familia Orellana.
RAZON DE POSECION: Por lo que habiendo constatado QUE DON SEGUNDINO CAMAYO RIVERA Y ESPOSA DOÑA ESPERANZA CERRON QUISPEALAYA se encuentran en posesión del bien inmueble antes referido. Al mismo que fue corroborado por los testigos y colindantes que POSECIONAN directamente, continua libre, pacifica hasta la actualidad y la declaración jurada realizada con los testigos y colindantes realizado con fecha 05 de abril del 2015.
Se expide la presente CONSTANCIA en honor a la verdad y a solicitud de la recurrente para fines que crea conveniente. Dado en Chupaca a los cinco días de abril del dos mil quince del cual el señor juez da fe de lo mismo.
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