Constitucional Venezuela
Enviado por eliezer18631210 • 11 de Marzo de 2015 • 720 Palabras (3 Páginas) • 317 Visitas
RELACIONES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL CON ORAS DISCIPLINAS, a saber:
CON LA POLITICA: Tenemos que la Política, es el conjunto de reglas que deben seguir los gobernantes en sus relaciones con el Poder y se relaciona porque el Derecho Constitucional tiene como objeto el ordenamiento político del Estado.
CON EL DERECHO ADMINISTRATIVO: El Derecho Administrativo es el conjunto de normas reguladoras de las Instituciones políticas y de los actos del Poder Ejecutivo y por tal razón el Derecho Administrativo está sujeto a los preceptos que establece el Derecho Constitucional, porque de lo contrario esos actos emanados bajo el imperio del Derecho Administrativo están viciados de inconstitucionalidad, pues la Constitución y la Ley definen las atribuciones de los órganos que ejercen el Poder Público, a las cuales deben sujetarse las actividades que realicen. Ver Artículo 137 CRBV.
CON EL DERECHO PENAL: El Derecho Penal encuadra hechos a normas establecidas y aplica sanciones establecidas en el ordenamiento penal tanto sustantivo (Código Penal) como adjetivo (Código Orgánico Procesal Penal) y el Derecho Constitucional, establece los principios por los cuales se debe regir el Derecho Penal dentro del Estado, enmarcado en el respeto a la libertad y dignidad humana.
CON EL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO: Esta relación es mas estrecha, pues tanto el Derecho Internacional Público como el Derecho Constitucional, son ramas del Público, ya que, interviene el Estado como sujeto y objeto de la relación jurídica, porque ningún País puede mantener relaciones internacionales, ni aplicar el Derecho Internacional sí dentro de éste, no existen garantías de carácter social ni una estructura política adecuada.
CON LA SOCIOLOGIA: Porque la Sociología es una ciencia que estudia las sociedades, sus características y el elemento humano y el Derecho Constitucional es la disciplina jurídica que regula las relaciones de los ciudadanos con las Instituciones del Estado.
CON LA ECONOMIA: Porque la Economía trata la producción, la repartición, y el consumo de la riqueza y le da importancia con la aparición y evolución de los ordenamientos jurídicos en la sociedad y, todos esos ordenamientos jurídicos deben estar sujetos al Derecho Constitucional.
CON LA HISTORIA: Porque la Historia es necesaria para el estudio del Derecho Constitucional, pues se parte de los procesos políticos que a través de la historia nos hacen comprender las inquietudes de la sociedad y, que en el tiempo permiten aplicar una metodología determinada con el fin de adecuar las normas, según el progreso individual y colectivo de la sociedad.
* Derecho laboral: Es base del Derecho Del Trabajo. Ya desde 1826 se consagran derechos en la Constitución, garantizando la libertad de trabajo, comercio, industria y otros, aunque sólo como derechos políticos.
Derecho Civil: regula todas las actividades habituales y corrientes
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