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Construcciones Sol


Enviado por   •  16 de Junio de 2015  •  779 Palabras (4 Páginas)  •  2.262 Visitas

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Caso práctico

Trabajo: Construcciones Sol

Construcciones Sol, S.A. es una empresa inmobiliaria que ha decidido promover la construcción de un edificio de 400 viviendas en Madrid. Para desarrollar esa labor ha contratado los servicios de Construcciones Integrales, S.L., a la cual le ha encomendado la realización total de la obra, cuya duración se estima en dos años.

Construcciones Integrales, S.L. desarrollará la obra con su propio personal, salvo las siguientes tareas:

Labores de fontanería y electricidad, para las que contratará a la empresa especializada Electricidad La Luz, S.L.

Instalación del aire acondicionado: Construcciones Integrales, S.L. contratará a Juan Pérez López, autónomo que cuenta con una plantilla de cinco trabajadores.

Colocación de aluminio, que será contratado por Construcciones Integrales, S.L. al Sr. David Rojas Rojas, trabajador autónomo sin trabajadores contratados.

Preguntas del profesor

Con los datos facilitados en el caso práctico y los que necesites extraer de las unidades que componen la asignatura, indica de forma esquemática las principales obligaciones preventivas que, de acuerdo a la legislación específica del sector de la construcción, tienen los siguientes sujetos del caso:

Construcciones Sol, S.A.

Construcciones Integrales, S.L.

Electricidad La Luz, S.L.

Juan Pérez López

David Rojas Rojas

Para determinar las obligaciónes en materia de prevención que le corresponden a cada una de las empresas o autónomos del caso en cuestión es necesario definir previamente que figura ocupa cada uno el el proyecto de la construcción de 400 viviendas.

La empresa Construcciones Sol, SA es el promotor de la obra, ya que es la empresa que promueve la construcción. La empresa Construcciones Integrales, SL es la empresa contratada por la empresa construcciones Sol, SA para llevar a cabo la obra, por ello ocupa la figura de contratista(Es la persona física o jurídica que contrata con el promotor la realización de toda o una parte de la obra). La empresa Electricidad La Luz, SL y los autónomos (Juan Pérez López y David Rojas Rojas) al ser contratados por la empresa Construcciones Integrales, SL para realizar determinados trabajos ocupan la figura de subcontratistas (son las personas físicas o jurídicas que contratan con el contratista la realización de una parte de los trabajos de la obra).

Definidas ya las figuras que ocupan las empresa, a continuación se definen las obligaciones que les corresponden.

PROMOTOR:

Está obligado a:

• Informar e instruir (arts 7 y 8 RD 171/2004) a las empresas que concurren en la obra a través de los mecanismos previstos en el RD 1627/1997, mediante el estudio de seguridad y salud, y la actuación

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