Contabilidad
Enviado por legocito • 2 de Octubre de 2013 • 929 Palabras (4 Páginas) • 334 Visitas
El comité de empresa es un órgano de representación colectiva con carácter extrasindical que representa unitariamente a todo el personal de la empresa, con independencia de que estén o no afiliados a un sindicato. La empresa o centro de trabajo tiene que tener una plantilla superior a 50 trabajadores.
Contenido [ocultar]
1 Tipos de comité de empresa
2 Número de miembros que lo forman
3 Proceso de las elecciones
4 Función del comité de empresa
5 Bibliografía
6 Enlaces externos
Tipos de comité de empresa
Existen diferentes clases de Comités de Empresa:
Comité de empresa propio: se constituye en empresas o centros de trabajo que tienen una plantilla superior a 50 trabajadores.
Comité de empresa conjunto: cuando una empresa tenga dos o más centros de trabajo en una misma provincia o en municipios limítrofes y la plantilla de cada uno no supere los 50 trabajadores, pero en conjunto sí que lo alcance, se constituirá un comité conjunto sumando los trabajadores de cada centro de trabajo.
Comité intercentros: Representa al conjunto de comités de centros de trabajo de empresas que tienen varios comités de empresas propios. Es de creación voluntaria por convenio colectivo y tendrá un máximo de 13 miembros.
Número de miembros que lo forman
El número de miembros del Comité de empresa se fija en proporción al número de trabajadores de la empresa o centro de trabajo y oscila entre un mínimo de 5 y un máximo de 75.
Repartiéndose de la siguiente manera en función del número de trabajadores:
De 50 a 100 trabajadores le corresponden 5 miembros.
De 101 a 250 trabajadores le corresponden 9 miembros.
De 251 a 500 trabajadores le corresponderán 13 miembros.
De 501 a 750 trabajadores le corresponderán 17 miembros.
De 751 a 1000 trabajadores le corresponderán 21 miembros.
más de 1000 trabajadores le corresponderán 2 miembros más en el Comité de empresa por cada 1000 o fracción hasta un máximo de 75 miembros.
Proceso de las elecciones
El proceso para realizar las de elecciones para cubrir la totalidad de los miembros del comité de empresa podrá iniciarse en los siguientes casos:
Cuando haya trascurrido el tiempo de duración del mandato del comité que había formado en la empresa o en el centro de trabajo. La duración de este órgano de representación es de cuatro años y la promoción de elecciones se realizara con una antelación de tres meses o menos de la terminación del mandato anterior.
Cuando sea declarado nulo el proceso electoral llevado a cabo, mediante un procedimiento de arbitraje o por la autoridad judicial competente.
Cuando se revoque el mandado electoral de todos los representantes de una empresa o centro de trabajo, este acuerdo solo puede ser adoptado por los trabajadores en asamblea convocada por un tercio de los mismos y por mayoría absoluta.
Por la apertura de un nuevo centro de trabajo a partir de los seis meses de inicio de la actividad.
Estas elecciones para formar el comité de empresa puede ser promovido por:
Las organizaciones sindicales más representativas.
Sindicatos que cuenten con un mínimo de un 10 por 100
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