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Contabilidad


Enviado por   •  25 de Febrero de 2013  •  1.233 Palabras (5 Páginas)  •  345 Visitas

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¿Dónde se realiza?

El empleador cancela el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia en la Institución donde paga las cotizaciones.

Cuándo entra en vigencia?

A partir de julio de 2011 los empleadores que tengan contratados menos de 100 trabajadores estarán obligados, por ley, a pagar el SIS de sus trabajadores. ¿Qué beneficios tiene esta medida para los trabajadores?

Gracias a que el empleador paga la prima del SIS de sus trabajadores, el sueldo líquido de éstos aumenta un 1,49% mensual.

¿Quiénes no tienen derecho?

Deberán seguir pagando este seguro los trabajadores jóvenes que perciban subsidio previsional de la ley 20.255, mientras se encuentren percibiendo el subsidio.

Décimo Cuarto Sueldo.- Para el cálculo de esta provisión, hay que considerar el salario mínimo vital

general vigente para la respectiva categoría. Su cálculo es en base a la siguiente operación:

Provisiones

Desde Septiembre/91 a Mayo/92, 6.666.67 ( 2.x 40.000 / 12).

TOTAL PROVISIONADO EN 9 MESES S/. 60.000.oo

Desde Junio/92 a Agosto/92, la provisión mensual fue de S/. 10.000.oo

(2 x 60.000 / 12).

TOTAL PROVISIONADO EN 3 MESES S/. 30.000.oo

--------------------

TOTAL PROVISIONADO EN 12 MESES S/. 90.000.oo

- Vacaciones.- El valor de la provisión por este concepto, se calcula en

base al siguiente procedimiento:

(Vacaciones: las vacaciones se calculan proporcionalmente al tiempo trabajado. La ley dispone que deben abonarse por adelantado pero, en la realidad, se abonan junto con el mes que corresponda. El plus de vacaciones debe considerarse como una carga social calculando un promedio que ronda 10,68%

de 6 meses a 5 años: 14 días

de 5 a 10 años: 21 días

de 10 a 15 años: 28 días

de 15 a 20 años: 35 días

Aporte patronal.- Este valor corresponde al 12,15% del total de ingresos de cada empleado que debe asumir el patrono y se debe pagar junto con el valor que por concepto de aportes IESS se descuenta a los empleados en el rol, estos valores se pagan al IESS (Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social) hasta el día 15 del mes siguiente.

Décimo Tercer Sueldo o Bono Navideño.- Estos valores corresponden a una doceava parte del total de ingresos del empleado, se calcula desde el 1 de diciembre del año anterior, hasta el 30 de noviembre del año en que se procede al pago, se cancela hasta el 23 de diciembre de cada año.

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Décimo Cuarto Sueldo o Bono Escolar.- Este bono equivale a la doceava parte de un salario mínimo vital general (SMVG) y es una ayuda económica que recibe cada empleado para el ingreso de sus hijos cuando inician clases, se paga en abril para la región costa y en agosto para la región sierra, cabe anotar que este bono reciben todos por igual, independientemente de si tienen hijos o no.

Fondo de Reserva.- A este fondo tiene derecho todo empleado cuya permanencia en una misma empresa sea superior a un año; es decir gana a partir del segundo año y corresponde a la doceava parte del total de ingresos, se calcula desde el 1 de julio del año anterior, hasta el 30 de junio del año en que se procede al pago, se paga hasta el 15 de septiembre y equivale a la doceava parte del total de ingresos.

Vacaciones.- Todo trabajador tiene derecho a 15 días continuos de vacaciones cuando haya cumplido un año de trabajo en la misma entidad, el pago corresponde a la 24ava. parte del total de ingresos, se cancela antes de que el trabajador salga en goce de sus vacaciones anuales.

DECIMO CUARTO SUELDO

Es un bono escolar que equivale a l pago de un salario mínimo vital anual, en la costa se paga en el mes de febrero y en la sierra en el mes de julio.

Los periodos para tener derecho

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