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Contesta Demanda De Interdiccion


Enviado por   •  26 de Mayo de 2014  •  476 Palabras (2 Páginas)  •  1.500 Visitas

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EXPEDIENTE : 00001-2014

ESPECIALISTA : xxxxxxxxxxxxxx

ESCRITO : 02-2014

SUMILLA : CONTESTACION DE DEMANDA

SEÑOR JUEZ DEL PRIMERO ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE LA PROVINCIA DE CORONEL PORTILLO

Celmith Hilda Pérez Vargas, Curador Procesal del demandado Elvis Catalino Montoya Montesinos, con domicilio procesal en Prolongación José Olaya Mz S Lt. 07 –AA.HH. Tierra Roja - Yarinacocha; a Ud., respetuosamente, digo:

I.- PETITORIO.

Solicito se declare infundada la demanda de interdicción civil y régimen de curatela, interpuesta por lo siguiente:

II.- PRONUNCIAMIENTO SOBRE CADA UNO DE LOS FUNDAMENTOS DE HECHO DE LA DEMANDA

1. Respecto del punto 1 la demandante no ha acreditado que el demandado Elvis Catalino Montoya Montesinos sea un ebrio habitual ni mucho menos que desde hace veinte años se haya dedicado al vicio del alcohol.

2. Respecto del punto 2 la demandante no ha acreditado con documentos que desde hace veinte años el demandado Elvis Catalino Montoya Montesinos viene siendo tratado de alcoholismo tanto en la ciudad de Lima y la ciudad de Pucallpa, tan solo presenta un Informe Médico del Área de Emergencias del Hospital Amazónico - Yarinacocha.

3. Respecto del punto 3 la demandante no ha presentado como testigo a su tía Adela Montoya Montesinos a fin de que declare sobre el estado de salud del demandado y la posible cuenta corriente que tendría.

III.- FUNDAMENTOS DE LA CONTESTACIÓN.

En cuanto a la demanda de interdicción civil resulta infundada, por cuanto la demandante Jessica Beatriz Montoya Guevara no ha presentado la certificación médica sobre el estado del presunto interdicto, dado a que tan solo adjuntó un Informe médico del servicio de Emergencia del Hospital Amazónico el cual no acredita que el demandado sea un ebrio habitual; asimismo tampoco ha cumplido con presentar la partida de nacimiento del demandado, por lo mismo el pedido a título objetivo originaria sobre Régimen de Curatela también vendría ser infundada, máxime si se tiene que Jessica Beatriz Montoya Guevara adjunta las partidas de nacimiento de sus supuestas hermanas Lady Sarai Montoya Silva y Pamela Jenny Montoya Sagastegui, sin embargo se colige que el nombre del progenitor de las mismas es Elvis Montoya Montesinos, y el nombre del interdicto es Elvis Catalino Montoya Montesinos, lo que hace presumir que son personas distintas; además tampoco ha presentado documento en la que conste el común acuerdo en el seno familiar de nombrar curador para que asista personal y patrimonialmente al demandado Elvis Catalino Montoya Montesinos.

IV.- ANEXOS.

1-A Papeleta de Habilitación

1-B Notificación un juego.

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